QR Solutions Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 62168-2024
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $102.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38º Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifica: que por escritura pública de reducción de Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, otorgada con fecha 13 de diciembre de 2024, Repertorio N°62168-2024, ante mí suplente Veronica Gonzalez Davila, Sofía Ignacia García Gutiérrez, en representación de QR SOLUTIONS CHILE SpA (la “Sociedad”), ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf 40, piso 20, Las Condes, se acordó: 1) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de 102.500.000 pesos, esto es, desde la suma de 201.000.136 pesos dividido en 1.136 acciones Serie A y 310 acciones Serie B a la suma 303.500.136 pesos mediante la emisión de 250 nuevas acciones de pago de la Serie B, sin valor nominal y de igual valor, las que se suscribirán y se pagarán dentro del plazo de 15 días hábiles a contar de la fecha de la Junta; y, 2) Modificar los estatutos de la Sociedad en los Artículos Quinto, Vigésimo y Primero Transitorio por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital social será la suma de trescientos tres millones quinientos mil ciento treinta y seis pesos dividido en mil ciento treinta y seis acciones Serie A, y quinientas sesenta acciones Serie B, todas ellas nominativas y sin valor nominal, el que se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Tanto el capital como sus eventuales aumentos podrán pagarse en dinero u otros bienes. Las acciones que se acuerde emitir para materializar un aumento de capital deberán ser ofrecidas a lo menos por una vez, en forma preferente, a quienes, a la fecha de la emisión, sean Accionistas de la Sociedad, por el plazo y en los términos que resuelva la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, respecto de las acciones que se acuerde emitir para materializar un aumento de capital destinado a planes de compensación de trabajadores y ejecutivos clave de la Sociedad, los Accionistas no gozarán de la opción de suscripción preferente referida precedentemente”, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y Pago Del Capital. El capital social es la suma de trescientos tres millones quinientas mil ciento treinta y seis pesos dividido en mil ciento treinta y seis acciones Serie A, y quinientas sesenta acciones Serie B, todas ellas nominativas y sin valor nominal y de igual valor. El capital se suscribe y paga de la siguiente forma: i) Pablo Antonio Varleta Salamanca, ha suscrito y pagado quinientas acciones de la Serie A, las cuales fueron íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha, ii) Rodrigo Alfredo Ibañez Messina, ha suscrito y pagado quinientas acciones de la Serie A, las cuales fueron íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; iii) Maria Alejandra Soffia Celis ha suscrito y pagado treinta y cuatro acciones de la Serie A, las cuales fueron íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; iv) Diego Varleta de Aretxabala ha suscrito y pagado treinta y cuatro acciones de la Serie A, las cuales fueron íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; v) Juan Paulo Bambach Salvatore ha suscrito y pagado treinta y cuatro acciones de la Serie A, las cuales fueron íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; vi) Inversiones e Inmobiliaria Belén Limitada ha suscrito y pagado noventa y cuatro acciones de la Serie B, las cuales fueron íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; vii) Inversiones Rentas y Proyectos Patagonia SpA ha suscrito y pagado ciento cuarenta y cuatro acciones de la Serie B, las cuales fueron íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha,; viii) Asesorías Médicas Soler y Soler SpA ha suscrito y pagado setenta y dos acciones de la Serie B, las cuales fueron íntegramente pagadas con anterioridad a esta fecha; ix) treinta y cuatro acciones Serie A se suscribirán y pagarán por los asesores determinados por el Directorio dentro del plazo de cinco años a contar desde la fecha del Primer Aumento de Capital; x) las restantes doscientos cincuenta acciones Serie B se suscribirán y pagarán en dinero efectivo o en especie, dentro del plazo de quince días contados desde la presente fecha”. Nuevo Artículo Vigésimo no se extracta por versar sobre materias no extractables. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de diciembre de 2024.