CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JANA & GIL SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA

CVE 2590207
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2024
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero.- IV
Duración
20 años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con al menos seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios de asesoría, consultoría y representación jurídica, a través de sus socios, asociados o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias.- III

Administración

La administración de la sociedad, el uso de su razón social, y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a los socios don ANDRÉS ENRIQUE JANA LINETZKY, don RODRIGO GIL LJUBETIC, y don FRANCISCO JOSÉ GROB DUHALDE, quienes actuando conjuntamente dos cualquier de ellos y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad, y contarán con las demás facultades enunciadas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de noviembre 2024, Repertorio número 14464-2024, ante mí: (i) don ANDRÉS ENRIQUE JANA LINETZKY; (ii) don RODRIGO GIL LJUBETIC; y, (iii) don FRANCISCO JOSÉ GROB DUHALDE; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello número 2.711, piso 9, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes constituyeron una sociedad de profesionales bajo la naturaleza de sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: I. Razón Social: La razón social será “JANA & GIL SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA”.- II. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios de asesoría, consultoría y representación jurídica, a través de sus socios, asociados o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias.- III. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero.- IV. Duración: 20 años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con al menos seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V. Capital: El capital social es la suma única y total de $1.000.000, pagadera por los socios en dinero efectivo, dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada, en la medida las necesidades sociales lo requieran, en las siguientes cantidades y proporciones: (i) don ANDRÉS ENRIQUE JANA LINETZKY con $600.000, equivalentes al 60% del capital social; (ii) don RODRIGO GIL LJUBETIC con $325.000, equivalentes al 32,5% del capital social; y, (iii) don FRANCISCO JOSÉ GROB DUHALDE con $75.000, equivalentes al restante 7,5% del capital social.- VI. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social, y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a los socios don ANDRÉS ENRIQUE JANA LINETZKY, don RODRIGO GIL LJUBETIC, y don FRANCISCO JOSÉ GROB DUHALDE, quienes actuando conjuntamente dos cualquier de ellos y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad, y contarán con las demás facultades enunciadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de diciembre de 2024.