MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Rodríguez Ahumada y Compañía Limitada

RUT 76181542-3 CVE 2589881
Capital
$690.362 CLP
Fecha instrumento
13 de diciembre de 2024
Notaría
Coronel
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de diciembre de 2024
Comuna
Coronel

Sociedad

Capital
$690.362 CLP
Domicilio
Su domicilio será la comuna de Coronel pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. 6) Estatutos Sociales de Inmobiliaria Sotomayor Limitada. don CÉSAR GERARDO RODRÍGUEZ AHUMADA; don CÉSAR SEGUNDO RODRÍGUEZ ESQUIVEL, doña RAQUEL MARÍA AHUMADA HUENTUPIL, doña LILIAN MARLENE RODRÍGUEZ AHUMADA, doña OLGA PAOLA RODRÍGUEZ AHUMADA, doña RAQUEL MARIELA RODRÍGUEZ AHUMADA, y don HUGO FELIPE RODRÍGUEZ AHUMADA, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Carrera N° 113, comuna de Coronel, Región del Bio Bio, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente:
Duración
La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2035, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SEBASTIAN YUTRONIC MUÑOZ, Abogado-Notario suplente de la Titular de la Primera Notaria de Coronel, con oficio y domicilio en esta ciudad, calle Sotomayor número quinientos veinte, de esta comuna, Certifica: Que por escritura pública ante titular, de fecha 13 de Diciembre de 2024, repertorio número 1740, don CÉSAR GERARDO RODRÍGUEZ AHUMADA; don CÉSAR SEGUNDO RODRÍGUEZ ESQUIVEL, doña RAQUEL MARÍA AHUMADA HUENTUPIL, doña LILIAN MARLENE RODRÍGUEZ AHUMADA, doña OLGA PAOLA RODRÍGUEZ AHUMADA, doña RAQUEL MARIELA RODRÍGUEZ AHUMADA, y don HUGO FELIPE RODRÍGUEZ AHUMADA, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Carrera N° 113, comuna de Coronel, Región del Bio Bio, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada “Inmobiliaria Rodríguez Ahumada y Compañía Limitada”, RUT N° 76.181.542-3, constituida como sociedad colectiva civil por escritura otorgada en la Notaría Pública de Concepción de don Juan Espinosa Bancalari de fecha 18-11-2011, cuyos estatutos definitivos constan en escritura otorgada en la Notaría Pública de Concepción de don Juan Espinosa Bancalari de fecha 17-10-2014, en extracto inscrita a fojas 230 vta. N° 152 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coronel del año 2014, publicada en extracto D.O. 22-10-2014. Modificaciones sociales consisten: 1) Acuerdo de División Social. Los socios comparecientes de Inmobiliaria Rodríguez Ahumada y Compañía Limitada acordaron dividir la sociedad mediante la distribución de su patrimonio entre sí, y tres nuevas sociedades de responsabilidad limitada que se constituyeron al efecto, correspondiéndole a los socios la misma proporción en el capital de las nuevas sociedades, y que tienen en la sociedad de responsabilidad dividida. La Sociedad que se divide subsistirá, y las sociedades de responsabilidad limitada que se crean producto de esta división, se denominan “Inmobiliaria Doña Raquel Limitada”, “Inmobiliaria Sotomayor Limitada”, e “Inmobiliaria Lautaro Limitada”. 2) Para efectos de la división, los socios acordaron la disminución de capital de Inmobiliaria Rodríguez Ahumada y Compañía Limitada, de la cantidad de $4.250.000, a la cantidad de $690.362, entendiéndose esta última suma como el capital aportado y pagado con que quedará la Sociedad luego de la división. El monto del capital de Inmobiliaria Rodríguez Ahumada y Compañía Limitada que se disminuyó, ascendente a la cantidad de $3.559.638, fue la suma total que se acordó asignar como capital de las nuevas sociedades que se constituyeron, en virtud de la distribución de patrimonios que tuvo lugar como consecuencia de la división acordada. En consecuencia, el capital con que nació la sociedad “Inmobiliaria Doña Raquel Limitada” asciende a la cantidad de $526.969, el capital de la sociedad “Inmobiliaria Sotomayor Limitada” asciende a la cantidad de $997.012, y, el capital de la sociedad “Inmobiliaria Lautaro Limitada”, asciende a la cantidad de $2.035.648. 3) Los derechos que representan el capital de las nuevas sociedades que se crearon, corresponderán sin cargo alguno y de pleno derecho a los socios de Inmobiliaria Rodríguez Ahumada y Compañía Limitada en la misma forma y proporción que ellos tienen actualmente en esta sociedad y que se señala en la cláusula primera numeral tres de la escritura extractada. 4) Los socios de Inmobiliaria Rodríguez Ahumada y Compañía Limitada acordaron sustituir el artículo quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $690.362, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don César Segundo Rodríguez Esquivel aporta la suma de $34.518, equivalentes al 5% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; b) Doña Raquel María Ahumada Huentupil aporta la suma de $34.518, equivalentes al 5% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; c) Doña Lilian Marlene Rodríguez Ahumada aporta la suma de $69.036, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; d) Don César Gerardo Rodríguez Ahumada aporta la suma de $310.663, equivalentes al 45% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; e) Doña Olga Paola Rodríguez Ahumada aporta la suma de $69.036, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; f) Doña Raquel Mariela Rodríguez Ahumada aporta la suma de $69.036, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; y, g) Don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada aporta la suma de $103.555, equivalentes al 15% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social.” 5) Estatutos Sociales de Inmobiliaria Doña Raquel Limitada. don CÉSAR GERARDO RODRÍGUEZ AHUMADA; don CÉSAR SEGUNDO RODRÍGUEZ ESQUIVEL, doña RAQUEL MARÍA AHUMADA HUENTUPIL, doña LILIAN MARLENE RODRÍGUEZ AHUMADA, doña OLGA PAOLA RODRÍGUEZ AHUMADA, doña RAQUEL MARIELA RODRÍGUEZ AHUMADA, y don HUGO FELIPE RODRÍGUEZ AHUMADA, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Carrera N° 113, comuna de Coronel, Región del Bio Bio, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será Inmobiliaria Doña Raquel Limitada, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso bancarios, indistintamente la expresión abreviada de la palabra “LTDA.” Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: a) Efectuar inversiones en bienes muebles, para lo cual podrá adquirir y enajenar cualquier valor de inversión de cualquier naturaleza, administrar dichas inversiones y percibir sus frutos; b) Adquirir a cualquier título bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos bajo cualquier forma, como la práctica de cualquier otro negocio inmobiliario, su administración y explotación y la percepción de sus frutos; c) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto, y d) Desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores y que acuerden los socios. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $526.969, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don César Segundo Rodríguez Esquivel aporta la suma de $26.349, equivalentes al 5% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; b) Doña Raquel María Ahumada Huentupil aporta la suma de $26.349, equivalentes al 5% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; c) Doña Lilian Marlene Rodríguez Ahumada aporta la suma de $52.697, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; d) Don César Gerardo Rodríguez Ahumada aporta la suma de $237.136, equivalentes al 45% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; e) Doña Olga Paola Rodríguez Ahumada aporta la suma de $52.697, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; f) Doña Raquel Mariela Rodríguez Ahumada aporta la suma de $52.697, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; y, g) Don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada aporta la suma de $79.044, equivalentes al 15% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Responsabilidad: Los socios sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Administración Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don César Segundo Rodríguez Esquivel, a don César Gerardo Rodríguez Ahumada y a don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada, quienes, actuando indistintamente dos cualquiera de ellos en forma conjunta, y anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, inclusive para aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen el otorgamiento de poder especial, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Duración: La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2035, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: Su domicilio será la comuna de Coronel pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. 6) Estatutos Sociales de Inmobiliaria Sotomayor Limitada. don CÉSAR GERARDO RODRÍGUEZ AHUMADA; don CÉSAR SEGUNDO RODRÍGUEZ ESQUIVEL, doña RAQUEL MARÍA AHUMADA HUENTUPIL, doña LILIAN MARLENE RODRÍGUEZ AHUMADA, doña OLGA PAOLA RODRÍGUEZ AHUMADA, doña RAQUEL MARIELA RODRÍGUEZ AHUMADA, y don HUGO FELIPE RODRÍGUEZ AHUMADA, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Carrera N° 113, comuna de Coronel, Región del Bio Bio, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será Inmobiliaria Sotomayor Limitada, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso bancarios, indistintamente la expresión abreviada de la palabra “LTDA.” Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: a) Efectuar inversiones en bienes muebles, para lo cual podrá adquirir y enajenar cualquier valor de inversión de cualquier naturaleza, administrar dichas inversiones y percibir sus frutos; b) Adquirir a cualquier título bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos bajo cualquier forma, como la práctica de cualquier otro negocio inmobiliario, su administración y explotación y la percepción de sus frutos; c) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto, y d) Desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores y que acuerden los socios. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $997.021, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don César Segundo Rodríguez Esquivel aporta la suma de $49.851, equivalentes al 5% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; b) Doña Raquel María Ahumada Huentupil aporta la suma de $49.851, equivalentes al 5% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; c) Doña Lilian Marlene Rodríguez Ahumada aporta la suma de $99.702, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; d) Don César Gerardo Rodríguez Ahumada aporta la suma de $448.659, equivalentes al 45% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; e) Doña Olga Paola Rodríguez Ahumada aporta la suma de $99.702, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; f) Doña Raquel Mariela Rodríguez Ahumada aporta la suma de $99.702, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; y, g) Don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada aporta la suma de $149.554, equivalentes al 15% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Responsabilidad: Los socios sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Administración Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don César Segundo Rodríguez Esquivel, a don César Gerardo Rodríguez Ahumada y a don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada, quienes, actuando indistintamente dos cualquiera de ellos en forma conjunta, y anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, inclusive para aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen el otorgamiento de poder especial, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Duración: La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2035, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: Su domicilio será la comuna de Coronel pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. 7) Estatutos Sociales de Inmobiliaria Lautaro Limitada. don CÉSAR GERARDO RODRÍGUEZ AHUMADA; don CÉSAR SEGUNDO RODRÍGUEZ ESQUIVEL, doña RAQUEL MARÍA AHUMADA HUENTUPIL, doña LILIAN MARLENE RODRÍGUEZ AHUMADA, doña OLGA PAOLA RODRÍGUEZ AHUMADA, doña RAQUEL MARIELA RODRÍGUEZ AHUMADA, y don HUGO FELIPE RODRÍGUEZ AHUMADA, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Carrera N° 113, comuna de Coronel, Región del Bio Bio, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será Inmobiliaria Lautaro Limitada, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso bancarios, indistintamente la expresión abreviada de la palabra “LTDA.” Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: a) Efectuar inversiones en bienes muebles, para lo cual podrá adquirir y enajenar cualquier valor de inversión de cualquier naturaleza, administrar dichas inversiones y percibir sus frutos; b) Adquirir a cualquier título bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos bajo cualquier forma, como la práctica de cualquier otro negocio inmobiliario, su administración y explotación y la percepción de sus frutos; c) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto, y d) Desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores y que acuerden los socios. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $2.035.648, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don César Segundo Rodríguez Esquivel aporta la suma de $101.782, equivalentes al 5% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; b) Doña Raquel María Ahumada Huentupil aporta la suma de $101.782, equivalentes al 5% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; c) Doña Lilian Marlene Rodríguez Ahumada aporta la suma de $203.565, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; d) Don César Gerardo Rodríguez Ahumada aporta la suma de $916.042, equivalentes al 45% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; e) Doña Olga Paola Rodríguez Ahumada aporta la suma de $203.565, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; f) Doña Raquel Mariela Rodríguez Ahumada aporta la suma de $203.565, equivalentes al 10% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social; y, g) Don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada aporta la suma de $305.347, equivalentes al 15% del capital social, íntegramente enterados en su totalidad con anterioridad a esta fecha en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Responsabilidad: Los socios sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Administración Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don César Segundo Rodríguez Esquivel, a don César Gerardo Rodríguez Ahumada y a don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada, quienes, actuando indistintamente dos cualquiera de ellos en forma conjunta, y anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, inclusive para aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen el otorgamiento de poder especial, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Duración: La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2035, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: Su domicilio será la comuna de Coronel pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. En lo demás, estatutos sociales de Inmobiliaria Rodríguez Ahumada y Compañía Limitada, se mantienen íntegramente vigentes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Capital Vigente de Inmobiliaria Rodríguez Ahumada y Compañía Limitada $4.250.000. Coronel, 23 de diciembre de 2024.