CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN CÓDIGO DE URGENCIA LIMITADA

CVE 2588664
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2024

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2024
Repertorio
14154-24
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
agrupación de Comunas de Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con domicilio en Antonio Varas N°979 Temuco, Certifico: que por escritura de fecha 19 de Diciembre de 2024, Repertorio N°14.154-24, otorgada ante mí, compareció doña Paula Andrea Alvarez Poblete, chilena, casada, Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, domiciliada en calle Brisas del Maipo número dos mil ciento veintiuno, de la Comuna de Temuco, Cédula Nacional de Identidad número once millones quinientos ochenta y seis mil cero sesenta y nueve guion cero; Primero: rectificó; sociedad comercial de responsabilidad limitada, “SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN CÓDIGO DE URGENCIA LIMITADA” constituida con fecha 19 de julio de dos mil veinticuatro, anotada en el repertorio número ocho mil treinta y cinco guión dos mil veinticuatro y que se encuentra inscrita a fojas novecientos sesenta y ocho número cuatrocientos veintiséis del año dos mil veinticuatro del registro de comercio del primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. La cual se rectificó mediante escritura Pública de fecha once de diciembre de dos mil veinticuatro, la cual se encuentra en repertorio número trece mil ochocientos cincuenta y uno guion dos mil veinticuatro; Segundo: En la cláusula decimoquinta de la constitución de la sociedad comercial de responsabilidad limitada, se le otorgó a la compareciente individualizada en la cláusula primera de este instrumento las facultades para que suscriba cuantas escrituras públicas sean necesarias, de aclaración, complementación o rectificación. Tercero: La parte suscribiente de este acto, viene a dejar sin efecto la escritura de rectificación de fecha once de diciembre de dos mil veinticuatro e individualizada en el numeral primero de este acto, debido a que adolece de un error en el numeral cuarto de dicha rectificación, al señalar “En lo no rectificado por esta, la presente escritura, subsiste la escritura original de sociedad comercial de responsabilidad limitada celebrada por las partes contratantes el veintisiete de Septiembre de dos mil trece” debe decir lo siguiente: diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. Cuarto: En virtud de las facultades otorgadas, por este acto el compareciente viene en rectificar la escritura de sociedad comercial de responsabilidad limitada, en el siguiente tenor: En la comparecencia de las partes en la escritura de constitución y el respectivo extracto social al individualizar a JORGE FELIPE JARAMILLO VALENZUELA, y al mencionarlo en la respectiva escritura de constitución social, adolece de un error en el orden de sus apellidos, el cual se señaló, “VALENZUELA JARAMILLO”, debe decir lo siguiente: JORGE FELIPE JARAMILLO VALENZUELA. Cuarto: En lo no rectificado por esta, la presente escritura, subsiste la escritura original de sociedad comercial de responsabilidad limitada celebrada por las partes contratantes el 19 de julio de dos mil veinticuatro, La cual no se inserta por ser conocida por las partes y el notario que autoriza. - Demás estipulaciones escritura extractada.- DOY FE.- Temuco, 23 de Diciembre de 2024.