MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Pesquera Mar del Norte Limitada

RUT 78144800-1 CVE 2588757
Fecha instrumento
30 de octubre de 2024

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado y Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número 1201, local 101, certifico que: Por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2024, ante mí, Inversiones San Rocco Limitada y Porto San Giorgio SpA, antes denominada Inversiones Porto San Giorgio S.A., sociedad que también comparece en su calidad de absorbente de la sociedad Inversiones Vecchiola S.A, todos domiciliados en Carretera Panamericana kilómetro ochocientos nueve, comuna de Copiapó, modificaron “PESQUERA MAR DEL NORTE LIMITADA”, en adelante “la Sociedad”, inscrita a fs. 61 Nº 28, en el Registro de Comercio de Caldera correspondiente al año 1996, en siguiente sentido: Uno) Se dio cuenta que con motivo de la división del socio Inversiones Porto San Giorgio S.A., hoy “Porto San Giorgio SpA” y consiguiente constitución de Inversiones San Rocco S.A., se le asignaron a esta última todos los derechos que le correspondían a aquélla en la Sociedad, ascendentes al 20% del capital social. También se dio cuenta que Inversiones San Rocco S.A. se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada bajo el nombre de “Inversiones San Rocco Limitada”, tal como se denomina hasta el presente. Dos) También se dio cuenta de la transformación del socio Inversiones Porto San Giorgio S.A. en una sociedad por acciones por lo cual cambió su razón social a Porto San Giorgio SpA, tal como se denomina hasta el presente. Tres) Finalmente también se dejó constancia de la fusión de Inversiones Vecchiola S.A. y Porto San Giorgio SpA, mediante la incorporación de la primera en la segunda nombrada que fue la subsistente y continuadora de las actividades y operaciones de ambas compañías. Como consecuencia de lo anterior, se produjo la disolución de Inversiones Vecchiola S.A. adquiriendo Porto San Giorgio SpA. todos sus activos y pasivos, incluyendo entre ellos los derechos que aquélla tenía de Pesquera Mar del Norte Limitada. Cuatro) De acuerdo con lo antes expuesto y mediante la escritura extractada se formalizó la asignación del 20% de los derechos sociales que pertenecían a Porto San Giorgio SpA a la sociedad Inversiones San Rocco Limitada, como asimismo se formalizó la asignación del 80% de los derechos sociales que pertenecían a Inversiones Vecchiola S.A. a la sociedad Porto San Giorgio SpA. De esta forma, Inversiones Vecchiola S.A. dejó de ser socio de Pesquera Mar del Norte Limitada, quedando como únicos socios de ella Inversiones San Rocco Limitada y Porto San Giorgio SpA. Cinco) Como consecuencia de lo señalado en los numerales precedentes, se modificó cláusula Quinta del pacto social, que queda como sigue: “QUINTO: Del Capital Social. El capital de la sociedad asciende a la suma de veinte millones de pesos, que ha sido aportado de la siguiente manera: a) Porto San Giorgio SpA aporta la suma de dieciséis millones de pesos, que corresponden al ochenta por ciento de los derechos sociales, y b) Inversiones San Rocco Limitada aporta la suma de cuatro millones de pesos, que corresponden al veinte por ciento restante de los derechos sociales. Ambos aportes han sido totalmente enterados y pagados con anterioridad a esta fecha”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre de 2024.- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO N.P.