MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

T4F Chile SpA

RUT 96855180-9 CVE 2587627
Capital
$5.238.239 CLP
Fecha instrumento
30 de octubre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.238.239 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 30 de octubre de 2024, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad T4F Chile SpA, inscrita a fojas 2.753 N° 2.195 del Registro Comercio de Santiago del año 1998, en adelante la “Sociedad”, celebrada ante mí con esa misma fecha, en la cual se acordó: i) dividirla en dos sociedades por acciones, subsistiendo la Sociedad como continuadora legal, y constituyéndose con motivo de la división una nueva sociedad por acciones denominada T4F SpA, en los términos que se indican en extracto separado, todo ello con efecto y vigencia a partir de la fecha de celebración de la referida Junta; ii) dejar constancia de que, producto de la división, se ha disminuido el capital social de T4F Chile SpA en la cantidad de $5.238.239, esto es, desde la cantidad de $934.003.219, dividido en 689.866 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de $928.764.980, dividido en igual número de acciones, de iguales características, íntegramente suscrito y pagado; y, iii) reemplazar íntegramente el artículo Quinto permanente de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. El capital es la cantidad de $928.764.980, dividido en 689.866 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal”, y el artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, el que no se extracta por no ser materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 17 de diciembre de 2024.