CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MIND UP SpA

CVE 2587586
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de diciembre de 2024
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésima Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público, Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, Isidora Goyenechea N°3477, Oficina 10 Comuna de las Condes, certifico que, por escritura pública 16 de diciembre del 2024, ante mí, doña MARÍA CRISTINA AU DÍAZ y doña CAROLA ALEJANDRA TÉLLEZ CÁCERES, constituyeron una sociedad por acciones: Nombre de la Sociedad: El nombre o razón social de la Sociedad será MIND UP SpA. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación, contratación, subcontratación, elaboración, diseño, desarrollo, producción, implementación, integración, mantenimiento, control, ejecución y comercialización de todo tipo de sistemas, soluciones, productos y servicios informáticos, de consultoría e integración de tecnologías de la información y de las comunicaciones, en apoyo a la educación y ámbitos relacionados, así como, de cualquier parte o componente de los mismos y cualquier tipo de servicios relacionados con todo ello; b) Asesoría, desarrollo, integración, asistencia técnica y profesional, servicios de capacitación, en metodologías de enseñanza y aprendizaje en materias de educación; c) La prestación de servicios profesionales en los ámbitos de consultoría de negocio y de gestión, consultoría tecnológica e informática, análisis del comportamiento de los mercados y de sus consumidores, destinados a cualquier área, campo o sector relacionados con el apoyo a la educación y ámbitos relacionados, asesorías a personas naturales o jurídicas, organismos públicos o privados de cualquier naturaleza, sean periódicas o eventuales; incluyendo la elaboración y ejecución de toda clase de estudios, informes y proyectos, así como la dirección, asistencia técnica, transferencia de tecnología, comercialización y administración de tales estudios, proyectos y actividades; d) El desarrollo y creación de aplicaciones informáticas; e) La compra, venta, arrendamiento, montaje, sostenimiento, importación, exportación, explotación, administración, comercialización y/o distribución al por mayor y/o al detalle, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de equipos computacionales o informáticos, y de todo tipo de productos, piezas y maquinarias de cualquier tipo relacionadas con el área computacional o informática; f) La creación, integración, desarrollo, abastecimiento, instalación, organización, dirección, implementación, compra, venta, arrendamiento, sostenimiento, importación, exportación, explotación, administración, comercialización y/o distribución al por mayor y/o al detalle, por cuenta propia o ajena, de toda clase de software en general y de todo tipo de programas informáticos o computacionales, de sus procedimientos, reglamentaciones, documentación y datos asociados que son parte de las operaciones de un sistema de computación; g) La inversión en Chile o el extranjero, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones y valores mobiliarios, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; h) Asesoría, capacitación, consultoría y actividades de investigación; i) La prestación de servicios de Web Hosting, Reseller Web Hosting, Diseño Web, Inhousing informático, Outsourcing Informático, Backup, ya sea por cuenta propia o ajena; y, j) En general, la realización de todos los demás actos que se relacionen directamente o indirectamente con su giro; y, cualquier otro objeto que los accionistas acuerden. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto. Capital: El capital social asciende a la cantidad de $2.000.000.-, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Santiago, 17 de diciembre de 2024.-