MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MAQUINARIAS DON NICOLAS LIMITADA

RUT 76016900-5 CVE 2587323
Fecha instrumento
5 de diciembre de 2024
Notaría
Curicó
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de diciembre de 2024
Repertorio
4322-2024
Notario
HERNAN FUENTES ACEVEDO
Oficio
Tercera Notaria Curicó
Comuna
Curicó

Sociedad

Duración
La duración de la sociedad será de diez años, contados desde la fecha de la presente escritura pública de modificación social, plazo que se prorrogará tacita, automática y sucesivamente, por periodos de cinco años cada uno, si los socios que representen al menos el cincuenta por ciento de los derechos sociales manifieste su voluntad de no prorrogar su vigencia, voluntad que deberá manifestarse por escritura pública anotada la margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de tres meses de anticipación al respectivo vencimiento

Administración

Adecuan el artículo noveno del Título Tercero de estatuto social, La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá en forma indistinta a don ERNESTO SEGUNDO GABRIEL RUBILAR FUENZALIDA y)o a don NICOLAS ERNESTO RUBILAR TRUJILLO, quienes tendrán las más amplias facultades y atribuciones para representar y obligar a la sociedad, en forma indistinta como bien se ha expresado. En caso de fallecimiento de cualquiera de los socios administradores, la administración corresponderá al otro socio administrador sobreviviente, señalados previamente, y en el evento del fallecimiento de ambos socios administradores, la administración corresponderá en forma exclusiva y en conjunto a los socios sobrevivientes. Facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNAN FUENTES ACEVEDO, Notario Público Titular de la Tercera Notaria Curicó, Carmen 498, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de Diciembre de 2024 Repertorio N°4322-2024, ante mí, LIDA BERGERETT RUBILAR FUENZALIDA, soltera, profesora, cedula nacional de identidad N° 8.982.074-k, domiciliada en calle Bombero Garrido N° 1555, Comuna y Provincia de Curicó, doña UBERLINDA JEANNETTE TRUJILLO ZUÑIGA, soltera, chilena, técnico en administración de empresas, Cédula nacional de identidad Nº 8.093.278-2, domiciliada en Sotomayor N° 126, Comuna de Teno, Provincia de Curicó; doña JUDITH ROSA ESTER TRUJILLO ZUÑIGA, casada con separación de bienes, chilena, empresaria, cedula nacional de identidad N° 8.995.550-5, domiciliada en Avenida Balmaceda N° 2125-A, Comuna y Provincia de Curicó, don ERNESTO SEGUNDO GABRIEL RUBILAR FUENZALIDA, casado con separación de bienes, chileno, empresario, cedula nacional de identidad N° 9.301.480-4, domiciliado en Avenida Balmaceda N° 2125-A, Comuna y Provincia de Curicó, don NICOLAS ERNESTO RUBILAR TRUJILLO, divorciado, chileno, constructor civil, cedula nacional de identidad N° 18.681.799-0, domiciliado en Avenida Balmaceda N° 2125-A, Comuna y Provincia de Curicó y don MATIAS GABRIEL RUBILAR TRUJILLO, soltero, chileno, empresario, cedula nacional de identidad N° 19.299.171-4, domiciliado en Avenida Balmaceda N° 2125-A, Comuna y Provincia de Curicó; modificaron sociedad denominada MAQUINARIAS DON NICOLAS LIMITADA, nombre de fantasía DON NICOLAS LIMITADA, inscrita a fojas 446 vta. Nº 351 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó en el año 2003. Cesiones: LIDA BERGERETT RUBILAR FUENZALIDA, vende, cede y transfiere a don ERNESTO SEGUNDO GABRIEL RUBILAR FUENZALIDA, quien compra y adquiere para si un cinco por ciento de los derechos sociales, precio la suma única y total de Cincuenta mil pesos, pagados íntegramente. Doña LIDA BERGERETT RUBILAR FUENZALIDA vende, cede y transfiere a don NICOLAS ERNESTO RUBILAR TRUJILLO, quien compra y adquiere para si un cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales, el precio de esta compraventa y cesión es la suma de Cuatrocientos cincuenta mil pesos, pagados íntegramente. Doña UBERLINDA JEANNETTE TRUJILLO ZUÑIGA, vende, cede y transfiere a doña JUDITH ROSA ESTER TRUJILLO ZUÑIGA, quien compra y adquiere para si un cinco por ciento de los derechos sociales, el precio de esta compraventa y cesión de derechos es la suma de Cincuenta mil pesos, pagados íntegramente. Doña UBERLINDA JEANNETTE TRUJILLO ZUÑIGA vende, cede y transfiere a don MATIAS GABRIEL RUBILAR TRUJILLO, quien compra y adquiere para si un cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales, el precio de esta compraventa y cesión es la suma Cuatrocientos cincuenta mil pesos, pagados íntegramente. Socios: Adecuan el artículo primero del Título Primero de estatuto social, Quedando como únicos socios de la sociedad denominada MAQUINARIAS DON NICOLAS LIMITADA, nombre de fantasía DON NICOLAS LIMITADA, doña JUDITH ROSA ESTER TRUJILLO ZUÑIGA, con un cinco por ciento de participación en los derechos sociales, don ERNESTO SEGUNDO GABRIEL RUBILAR FUENZALIDA, con un cinco por ciento de participación en los derechos sociales, don NICOLAS ERNESTO RUBILAR TRUJILLO, con un cuarenta y cinco por ciento de participación en los derechos sociales y don MATIAS GABRIEL RUBILAR TRUJILLO con un cuarenta y cinco por ciento de participación en los derechos sociales. Duración: La duración de la sociedad será de diez años, contados desde la fecha de la presente escritura pública de modificación social, plazo que se prorrogará tacita, automática y sucesivamente, por periodos de cinco años cada uno, si los socios que representen al menos el cincuenta por ciento de los derechos sociales manifieste su voluntad de no prorrogar su vigencia, voluntad que deberá manifestarse por escritura pública anotada la margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de tres meses de anticipación al respectivo vencimiento.- Administración: Adecuan el artículo noveno del Título Tercero de estatuto social, La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá en forma indistinta a don ERNESTO SEGUNDO GABRIEL RUBILAR FUENZALIDA y/o a don NICOLAS ERNESTO RUBILAR TRUJILLO, quienes tendrán las más amplias facultades y atribuciones para representar y obligar a la sociedad, en forma indistinta como bien se ha expresado. En caso de fallecimiento de cualquiera de los socios administradores, la administración corresponderá al otro socio administrador sobreviviente, señalados previamente, y en el evento del fallecimiento de ambos socios administradores, la administración corresponderá en forma exclusiva y en conjunto a los socios sobrevivientes. Facultades de administración: Modifican estatutos sociales Adecuando el artículo decimo del Título Tercero sobre Las facultades de administración, las que se expresan en la escritura de modificación social. Capital: El capital social se mantiene en conformidad a lo estipulado en la escritura pública de constitución, sin variación. En lo no modificado rige estatuto social original. Demás antecedentes constan en la escritura extractada. Curicó 5 de Diciembre de 2024.