Lanin Pay SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2024
- Notario
- PATRICIA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogada, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, comuna de Las Condes, certifico: Que ante mí, por escritura pública de fecha 9 de diciembre de 2024, repertorio número 15.153/2024, NESSY LLC, debidamente representada, en su calidad de único accionista de LANIN PAY SpA, inscrita a fojas 57.380, número 26.627, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021 (la “Sociedad”), modificó el objeto social de la Sociedad reemplazando íntegramente, como consecuencia, el Artículo Segundo de los estatutos sociales, quedando del siguiente tenor: “Artículo Segundo. “La Sociedad tendrá por objeto /uno/ la prestación del servicio de sistema alternativo de transacción, esto es, la puesta a disposición de un lugar físico o virtual que permite a sus participantes cotizar, ofrecer o transar instrumentos financieros o valores de oferta pública, en conformidad con la normativa aplicable, y en particular la Ley Número veintiún mil quinientos veintiuno, Ley Fintec; /dos/ la prestación del servicio de custodia de instrumentos financieros, esto es, mantener a nombre propio por cuenta de terceros, o a nombre de éstos, instrumentos financieros, dinero o divisas que provengan de los flujos o de la enajenación de instrumentos financieros mantenidos en custodia, o que hayan sido entregados por éstos para la adquisición de instrumentos financieros o para garantizar las operaciones con esos instrumentos, en conformidad con la normativa aplicable, y en particular la Ley Número veintiún mil quinientos veintiuno, Ley Fintec; /tres/ la prestación del servicio de intermediación de instrumentos financieros, esto es, la realización de actividades de compra o venta de instrumentos financieros para terceros, mediante cualquiera de las siguientes formas: adquiriendo o enajenando por cuenta propia instrumentos financieros, con el ánimo anterior de vender o comprar esos mismos instrumentos al tercero, o adquiriendo o vendiendo instrumentos financieros a nombre de o para dicho tercero, en conformidad con la normativa aplicable, y en particular la Ley Número veintiún mil quinientos veintiuno, Ley Fintec; y /cuatro/ la realización de todas las demás actividades y operaciones que se consideren como inherentes a los giros indicados en los numerales /uno/, /dos/, y /tres/ anteriores, además de aquellas complementarias que autorice la Comisión para el Mercado Financiero”. Se ha tenido a la vista el Registro de Accionistas de la Sociedad en el que consta que su único accionista es NESSY LLC. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de diciembre de 2024. Patricia Valentina Manríquez Huerta. Notario Público.