Empresa Constructora Cementa S.A.
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 54091-2024
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $700.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3.477, oficina 10, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 22 de noviembre del año 2024 bajo repertorio N°54.091-2024, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad que modificó los estatutos de Empresa Constructora Cementa S.A., aumentando el capital social, desde la cantidad de $450.000.000 pesos dividido en 600 acciones ordinarias, todas nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, a la suma de $700.000.000 pesos, mediante la emisión y colocación de 67 acciones de pago, ordinarias, de igual valor y sin valor nominal, las que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo de 3 años contados a partir fecha aumento de capital. Asimismo, se acordó crear una serie de acciones preferente, denominada Serie A, que gozará del derecho exclusivo a percibir las utilidades provenientes de los proyectos indicados en el Artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales, y que durarán 5 años, a la que se incorporaron las 600 acciones suscritas y pagadas de la Sociedad. En virtud de lo anterior, el nuevo capital social es la suma de $700.000.000, dividido en 600 acciones Serie A, íntegramente suscritas y pagadas, y 67 acciones ordinarias pendientes de suscripción y pago, del cual $450.000.000 se encuentra íntegramente pagado, encontrándose pendiente de pago $250.000.000, lo cual deberá hacerse en el plazo de 3 años contados desde la escritura extractada. Otras estipulaciones que no son materia de extracto constan escritura extractada. Santiago, 05 de diciembre de 2024. María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular.