Transportes y Comercial Equinox Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2024
- Notario
- CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL
- Domicilio
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL, abogado, Notario Público Titular de Los Ángeles, designado por Ministerio de Justicia y Derechos humanos, según decreto número ochenta y seis de fecha diecinueve de julio de dos mil veintitrés; con oficio en calle Lautaro trescientos veinticinco local cuatro y cinco, ciudad de Los Ángeles, certifico: que por escritura pública de fecha 12.12.2024, otorgada ante mí, María Angélica Muñoz Williams, Raymundo Ignacio Marín Muñoz, Raymundo Guillermo Marín Quiroga, María Soledad Marín Muñoz y Javiera Paz Marín Muñoz, todos domiciliados en Fundo San José de Paillihue, de la comuna y ciudad de Los Ángeles. Modificaron “Transportes y Comercial Equinox Limitada”, Rol Único Tributario N°76.117.702-8, en adelante también la “Sociedad”, constituida escritura pública 3 de septiembre de 2010, otorgada en Notaría Pública de Los Ángeles de María Antonieta Carrillo Flores, inscrita a fojas 690, número 447 del Registro de Comercio de Los Ángeles de 2010, en siguiente sentido: /Uno/ María Angélica Muñoz Williams, Raymundo Ignacio Marín Muñoz, María Soledad Marín Muñoz y Javiera Paz Marín Muñoz acuerdan aumentar el capital inicial de la Sociedad, de la cantidad de $6.000.000.-, íntegramente aportados y pagados, a la cantidad de $166.959.587.- Aumento de $160.959.587.-, es aportado y pagado, en acto escritura extractada, con el expreso consentimiento de los actuales socios, por Raymundo Guillermo Marín Quiroga, mediante el aporte en dominio, cesión y transferencia a la Sociedad de la nuda propiedad del 75% de siguientes bienes: (i) Departamento número 12, bodega D 12, ambos del módulo D y guardalancha número 10, todos de del “Edificio El Volcán” que tiene su entrada por calle Gerónimo de Alderete número 50, que forma parte del Conjunto Residencial denominado “La Poza de Pucón”, Comuna de Pucón, valorizados de común acuerdo por socios en cantidad total de $35.321.168.-. (ii) Departamento D - 112 del 10° piso, bodegas números B–12 y B–23 y estacionamientos números E-35 y E-36, todos del edificio construido en calle Hendaya número 63, Las Condes, valorizados de común acuerdo en $125.638.419.- /Dos/ En consideración al aumento de capital antes indicado quedan cómo únicos socios de Sociedad, María Angélica Muñoz Williams, Raymundo Ignacio Marín Muñoz, María Soledad Marín Muñoz, Javiera Paz Marín Muñoz y Raymundo Guillermo Marín Quiroga, quienes acuerdan actualizar Artículo Quinto de la Sociedad referente a su capital social, consignando que el mismo asciende a la cantidad de $166.959.587.-, íntegramente aportado y pagado por socios, con cantidades que para cada uno de ellos a continuación se indica: /a/ María Angélica Muñoz Williams, $3.000.000; /b/ Raymundo Ignacio Marín Muñoz, $1.000.000; c) María Soledad Marín Muñoz, $1.000.000; d) Javiera Paz Marín Muñoz, $1.000.000; y /e/ Raymundo Guillermo Marín Quiroga, $160.959.587.” Socios reiteran que su responsabilidad se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. /Tres/ Se modifica razón social de la Sociedad por la de “Inmobiliaria y Comercial Equinox Limitada”, pudiendo actuar, además, incluso ante los bancos y con capacidad para obligarla, con el nombre de fantasía “Equinox Ltda.”, sustituyendo al efecto Cláusula Segunda del Pacto Social, relativa al nombre o razón social. /Cuatro/ Se modificar el objeto social, sustituyendo al efecto la Cláusula Tercera del Pacto Social, relativa al objeto social por la siguiente: “TERCERO: La sociedad tendrá por objeto el desarrollo, administración y participación en toda clase de proyectos, negocios y empresas relacionadas con actividades inmobiliarias y comerciales, sea por cuenta propia o ajena; la construcción de toda clase de obras civiles, de ingeniería y arquitectura, el desarrollo de loteos, urbanizaciones y en general de toda clase de negocios inmobiliarios; invertir, adquirir, enajenar, administrar y explotar a cualquier título, por cuenta propia o ajena, toda clase de inmuebles, propios o ajenos; el desarrollo y ejecución de estudios y asesorías en materias inmobiliarias; la compra, venta, exportación, importación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes e insumos; la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean estos corporales o incorporales; el desarrollo, administración y participación en toda clase de proyectos, negocios y empresas relacionadas con actividades inmobiliarias, comerciales, industriales, mineras y agrícolas y de comercio exterior; la participación en sociedades de cualquier clase y objeto; la prestación de servicios de representación de empresas chilenas y extranjeras, así como la adquisición, enajenación, importación, distribución, promoción y comercialización de todo tipo de bienes. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad.” /Cinco/ Se modifica Cláusula Cuarta del Pacto Social, relativa a la administración y uso de la razón social estableciendo que la representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a María Angélica Muñoz Williams y a Raymundo Guillermo Marín Quiroga, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos representará a Sociedad con amplias facultades indicadas en escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada. LosAngeles,12 de diciembre de 2024.