SOCIEDAD DE ASESORÍAS CAMBRIDGE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2024
- Notario
- RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA
- Oficio
- Sexta Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- N. fantasía
- ASESORÍAS CAMBRIDGE LTDA
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 10 años desde la fecha de escritura, prorrogables, automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada vez, según estatutos. RESPONSABILIDAD:
Objeto social
El objeto social será la prestación de toda clase de servicios de asesoría en materia de imagen corporativa; la realización de actividades de marketing y publicidad en todos los canales y medios existentes; el manejo de redes sociales; él diseño e implementación de campañas de publicidad; y en general cualquier otra actividad que se relacione o complemente con las anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Viña del Mar, con domicilio en ésta, Avenida Magallanes 1050, local 27, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de Diciembre de 2024, Repertorio número 2.258-2024, ante el Notario suplente don ÁLVARO DANIEL REYES DE LA RIVERA, doña ANDREA ALEJANDRA ASALGADO PARRA, cédula nacional de identidad número 13.241.542-0, domiciliada en calle Egaña número cuatrocientos ochenta y uno, de la comuna de Peñalolén; y doña ESTRELLA PATRICIA PARRA SCHRAMM, cédula nacional de identidad número 8.204.495-7, domiciliada en calle Egaña número cuatrocientos ochenta y uno, de la comuna de Peñalolén, constituyeron una sociedad responsabilidad limitada, como sigue: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD DE ASESORÍAS CAMBRIDGE LIMITADA. NOMBRE DE FANTASÍA: ASESORÍAS CAMBRIDGE LTDA. OBJETO: El objeto social será la prestación de toda clase de servicios de asesoría en materia de imagen corporativa; la realización de actividades de marketing y publicidad en todos los canales y medios existentes; el manejo de redes sociales; él diseño e implementación de campañas de publicidad; y en general cualquier otra actividad que se relacione o complemente con las anteriores. CAPITAL: $5.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: A) doña ANDREA ALEJANDRA ASALGADO PARRA aporta la suma de $2.500.000, en dinero efectivo, que entera en este acto en la caja social, quedando íntegramente pagado su aporte; B) doña ESTRELLA PATRICIA PARRA SCHRAMM aporta la suma de $2.500.000, en dinero efectivo, que entera en este acto en la caja social, quedando íntegramente pagado su aporte. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de que puedan establecerse agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá en forma indistinta a doña ANDREA ALEJANDRA ASALGADO PARRA y/o doña ESTRELLA PATRICIA PARRA SCHRAMM, con amplias facultades según consta en escritura extractada. DURACIÓN: 10 años desde la fecha de escritura, prorrogables, automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada vez, según estatutos. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan sus responsabilidades al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extracta. Se da copia. DOY FE. Concón, 18 de Diciembre de 2024.