INMOBILIARIA EBCO AVELLANEDA SUR S.A.
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 9694/2024
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 578, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura de fecha 06 de diciembre del año 2024, repertorio N° 9.694/2024, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “INMOBILIARIA EBCO AVELLANEDA SUR S.A.”, celebrada con la misma fecha, ante mí, teniendo a la vista el Registro de Accionistas de la Sociedad, y, en virtud de la cual la unanimidad de los accionistas, acordaron: 1) Crear dos series de acciones, una de las cuales se denominará serie “B” preferente compuesta por 100 nuevas acciones nominativas y sin valor nominal; la otra de las series, se denominará serie “A” ordinaria, compuesta por las 1.000 ordinarias, nominativas y sin valor nominal, suscritas y pagadas con anterioridad a la fecha de la presente Junta, dividiéndose, en consecuencia, el capital en dos series de acciones: una serie B preferente, que constará de 100 acciones, y una serie A ordinaria, que constará de 1.000. La preferencia con la que contará la nueva serie B preferente consiste en un dividendo único anual del 2% de las ventas que la sociedad perciba o haya percibido con anterioridad a esta fecha menos la tasa de impuesto a la renta de primera categoría vigente al momento del reparto correspondiente, por proyectos detallados en la escritura que se extracta. La preferencia que se establece en este instrumento tendrá una duración de 6 años contados desde la presente fecha, pudiendo prorrogarse por acuerdo de la Junta Extraordinaria de Accionistas, al cabo de los cuales la preferencia se extinguirá, así como también las acciones de la serie B preferente, sin que ello signifique una disminución del capital social. 2) Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una, sin valor nominal, a la cantidad de $2.000.000 dividido en 1.100 acciones nominativas y sin valor nominal, lo que implica un aumento efectivo de $1.000.000.-, mediante la emisión de 100 acciones serie B preferente, descritas en el acuerdo anterior. Las referidas 100 acciones de la serie B preferente correspondientes al aumento de capital por la suma de $1.000.000.- deberán quedar suscritas y pagadas, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de celebración de esta Junta. 3) Aprobar una nueva política de distribución de dividendos, que pasará a formar parte de los estatutos y que no es materia de extracto. 4) Modificar el Artículo Cuarto permanente de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, dividido en 1.100 acciones nominativas y sin valor nominal, las cuales a su vez se dividen en dos series de acciones denominadas Serie B preferente y Serie A ordinaria. La Serie B preferente consta de 100 acciones nominativas, de igual valor cada una, sin valor nominal, todas ellas con derecho a voto, consistiendo su preferencia en el derecho a un dividendo especial pagado de conformidad a lo dispuesto en el Artículo Trigésimo Sexto, las que se pagan conforme lo establecido en el Artículo Primero Transitorio. La Serie A ordinaria consta de 1.000 acciones nominativas, de igual valor cada una, sin valor nominal, todas ellas con derecho a voto, que se encuentran suscritas y pagadas.” Asimismo, modificar el Artículo Trigésimo Sexto permanente y Artículo Primero Transitorio, cuyos contenidos no son materia de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2024.