CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS COMERCIALES Y LEGALES FITZROY LIMITADA

RUT 7015683-0 CVE 2586578
Fecha instrumento
4 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de diciembre de 2024
Repertorio
36778/2024
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular 43º Notaría de Santiago, calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 4 de diciembre de 2024, Repertorio Nº 36.778/2024, ante mí, compareció don MAX GUILLERMO BOZA WILSON, abogado, C.I. 7.015.683-0, por sí y en representación de don HERNÁN REINALDO PASSALACQUA GARCÍA DE LA HUERTA, ambos con domicilio para estos efectos en Rosario Norte 555, oficina 701, Las Condes, Santiago, quien debidamente facultado para rectificar y sanear, en virtud de lo dispuesto en la CLÁUSULA SEGUNDA de la escritura pública de constitución de la sociedad ASESORÍAS COMERCIALES Y LEGALES FITZROY LIMITADA, otorgada en esta Notaría por la Notaria Suplente, doña JAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA, de mí mismo domicilio, en los siguientes términos: A) Rectificó la escritura pública de constitución de la sociedad ASESORÍAS COMERCIALES Y LEGALES FITZROY LIMITADA, de fecha 7 de noviembre de 2024, otorgada en esta Notaría, en el siguiente sentido: 1. En la comparecencia de la referida escritura pública, donde dice: “…comparecen. don HERNÁN REINALDO PASSALACQUA GARGÍA DE LA HUERTA…”, debe decir: “…comparecen: don HERNÁN REINALDO PASSALACQUA GARCÍA DE LA HUERTA…”. Lo anterior sin perjuicio de la certificación notarial, que corregirá el error indicado. 2. En la CLÁUSULA PRIMERA, en el ARTÍCULO PRIMERO de los estatutos sociales de la Sociedad, relativo a los socios, donde dice: “…se constituye en este acto, don Hernán Reinaldo Passalacqua Gargía de la Huerta y …”, debe decir: “se constituye en este acto, don Hernán Reinaldo Passalacqua García de la Huerta y …”. 3. En la CLÁUSULA PRIMERA, en el ARTÍCULO SEXTO de los estatutos sociales de la Sociedad, relativo al capital social, donde dice: “… forma: don Hernán Reinaldo Passalacqua Gargía de la Huerta aporta…”, debe decir: “…forma: don Hernán Reinaldo Passalacqua García de la Huerta aporta…”. 4. En la CLÁUSULA PRIMERA, en el ARTÍCULO OCTAVO de los estatutos sociales de la Sociedad, relativo a la administración y representación, donde dice: “La sociedad será administrada por don Hernán Reinaldo Passalacqua Gargía de la Huerta y…”, debe decir: “La sociedad será administrada por don Hernán Reinaldo Passalacqua García de la Huerta y…”. En consecuencia, y a mayor abundamiento, tanto en la escritura pública de constitución de la Sociedad, como en su respectivo extracto inscrito a fojas 97037 número 38777 del año 2024 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial de fecha 18 de noviembre del año 2024, debe entenderse que, en todas y cada una de las menciones, el nombre correcto es “Hernán Reinaldo Passalacqua García de la Huerta” y no “Hernán Reinaldo Passalacqua Gargía de la Huerta”, como erróneamente se indicó. B) Saneó el error en la individualización de don Hernán Reinaldo Passalacqua García de la Huerta, aclarando que los socios que constituyeron la Sociedad son: don Max Guillermo Boza Wilson y don Hernán Reinaldo Passalacqua García de la Huerta, y no don Hernán Reinaldo Passalacqua Gargía de la Huerta, como erróneamente se individualizó en la escritura pública de constitución de la Sociedad y en su respectivo extracto, debiéndose reemplazar toda referencia a “Hernán Reinaldo Passalacqua Gargía de la Huerta” por “Hernán Reinaldo Passalacqua García de la Huerta”, tanto en la escritura pública de constitución de la Sociedad, como en su respectivo extracto inscrito y publicado. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 17 de diciembre de 2024.