SILVA & ASOCIADOS ASESORÍAS Y SERVICIOS DE INGENIERÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de diciembre de 2024
- Notario
- Magdalena Sofía Latorre Larraín
- Oficio
- 5ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Iquique, pudiendo establecer oficinas, agencias, sucursales, establecimientos y/o representaciones en otros puntos del país o en el extranjero. RESPONSABILIDAD: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la escritura, y se entenderá prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social
Objeto social
Por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, la prestación de asesorías y servicios profesionales de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN, USO RAZÓN SOCIAL Y USO NOMBRES FANTASÍA: corresponderá a socios MANUEL OSCAR SILVA JARA y KARINA SOLEDAD LARA MUÑOZ, quienes actuando individual, separada e indistintamente por la Sociedad y anteponiendo a su firma la razón social y)o los nombres de fantasía la obligarán con las más amplias facultades, entendiéndose comprendidas entre ellas, sin que su enumeración sea o tenga el carácter de taxativa, sino que meramente ejemplar, aquellas que se indican en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMagdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino de la 5ª Notaria de Santiago, domiciliada en Av. Gertrudis Echeñique N°30, oficina 32, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 04 de diciembre de 2024, ante mí, don MANUEL OSCAR SILVA JARA y doña KARINA SOLEDAD LARA MUÑOZ, ambos Av. Chamisero N° 10.460, casa 50, Condominio Portezuelo III, Chicureo, Comuna de Colina; constituyen sociedad civil de profesionales de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. RAZÓN SOCIAL: SILVA & ASOCIADOS ASESORÍAS Y SERVICIOS DE INGENIERÍA LIMITADA. NOMBRES FANTASÍA: SILVA & ASOCIADOS LIMITADA, SILVA & LARA LIMITADA, S&A LIMITADA, S&L LIMITADA, SILVA & ASOCIADOS LTDA., SILVA & LARA LTDA., S&A LTDA., S&L LTDA., SILVA & ASOCIADOS INGENIERÍA, SILVA & LARA INGENIERÍA, S&A INGENIERÍA, S&L INGENIERÍA, SILVA & ASOCIADOS, SILVA & LARA, S&A y/o S&L. OBJETO: Por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, la prestación de asesorías y servicios profesionales de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN, USO RAZÓN SOCIAL Y USO NOMBRES FANTASÍA: corresponderá a socios MANUEL OSCAR SILVA JARA y KARINA SOLEDAD LARA MUÑOZ, quienes actuando individual, separada e indistintamente por la Sociedad y anteponiendo a su firma la razón social y/o los nombres de fantasía la obligarán con las más amplias facultades, entendiéndose comprendidas entre ellas, sin que su enumeración sea o tenga el carácter de taxativa, sino que meramente ejemplar, aquellas que se indican en escritura. CAPITAL: $2.000.000, que socios aportan y pagan de la siguiente forma: (i) MANUEL OSCAR SILVA JARA, la cantidad de $500.000 que paga de contado en el acto y en dinero efectivo; y (ii) KARINA SOLEDAD LARA MUÑOZ, la cantidad de $1.500.000 que paga de contado en el acto y en dinero efectivo. El capital social queda íntegramente aportado y pagado e ingresado a caja social. DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de la escritura, y se entenderá prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. DOMICILIO: Iquique, pudiendo establecer oficinas, agencias, sucursales, establecimientos y/o representaciones en otros puntos del país o en el extranjero. RESPONSABILIDAD: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- En Santiago, 05 de Noviembre de 2024.- Magdalena Latorre Larrain, Notario Público Interino.