MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES INMOBILIARIA CABILDO LIMITADA

RUT 78837720-7 CVE 2585904
Capital
$17.456.665 CLP
Fecha instrumento
8 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de noviembre de 2024
Repertorio
17387/2024
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$17.456.665 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES INMOBILIARIA CABILDO LIMITADA socio 78837720-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 08/11/2024, Repertorio 17.387/2024, ante Mi, JUAN ANTONIO MINASSIAN BALOIAN, cédula de identidad N° 6.111.221-9; doña MÓNICA MUNSTER OETLING, cédula de identidad N° 7.021.941-7; don THOMAS MINASSIAN MUNSTER, cédula de identidad N° 16.098.198-9; don MATÍAS ANDRÉS MINASSIAN MUNSTER, cédula de identidad N° 15.638.119-5, todos los anteriores, domiciliados para estos efectos en Camino del Minero Nº6.605, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES INMOBILIARIA CABILDO LIMITADA, RUT 78.837.720-7, constituida por escritura pública de fecha 12 de marzo del año 1996 otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Sergio Carmona Barrales, cuyo extracto fue inscrito a Fojas 7.611 Nº 6.236 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1996, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 09 de abril del mismo año, acuerdan aumentar el capital de la sociedad desde la cantidad de $205.000.000 a la cantidad de $350.750.000 mediante el aporte de la cantidad de $145.750.000, el que es enterado íntegramente por los socios doña MÓNICA MUNSTER OETLING y don JUAN ANTONIO MINASSIAN BALOIAN, en este acto, en especies. Como consecuencia del aumento de capital, los socios de INVERSIONES INMOBILIARIA CABILDO LIMITADA, acuerdan modificar la cláusula Quinta del pacto social relativa al capital, dejándola sin efecto e introduciendo la siguiente nueva: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $350.750.000, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: uno) Doña MÓNICA MUNSTER OETLING, aporta la suma de $73.000.000, equivalente al 20,813% del capital social, de los cuales la suma de $2.250.000 se encuentra pagada y enterada en caja social con anterioridad a este acto, y el saldo de $70.750.000 es pagado, en este acto, en especies, mediante el aporte en dominio de los siguientes bienes: A) La Nuda Propiedad, reservándose para sí el Usufructo Vitalicio, del inmueble ubicado en la comuna de Puchuncaví, que corresponde: Casa número doce, el Facility cuatro guión C , la Bodega número veinticuatro y el Estacionamiento número once, del Edificio de departamentos denominados “Olas de Marbella”, que forma parte del conjunto habitacional denominado “Olas de Marbella” acogido a las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley número dos del año mil novecientos cincuenta y nueve y sus modificaciones, y a la Ley número seis mil setenta y uno y su Reglamento. El referido edificio consta de setenta y dos viviendas, un local comercial -tasca- y las correspondientes bodegas y estacionamientos, de acuerdo a los planos respectivos, que se encuentran archivados, bajo los número s mil cinco al mil trece del registro de documentos del Conservador de Bienes Raíces de Quillota del año mil novecientos noventa y cuatro. Dicho edificio fue construido en el sitio número cuarenta y seis A guión uno del sector D guión uno de la subdivisión del sector D, del nuevo plano de loteo del Complejo Turístico Marbella, ubicado en el Fundo Cerro Colorado, de la comuna de Puchuncaví. Conforme a sus títulos y al plano archivado bajo el número novecientos cincuenta y siete del Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Quillota del año mil novecientos noventa y cuatro, el sitio número cuarenta y seis A guión uno referido, deslinada: al NORORIENTE, en ciento cuatro coma ochenta metros aproximadamente; con Avenida del Golf; al SURPONIENTE, en línea quebrada de veintiséis coma cero cero metros; cuatro coma ochenta metros; sesenta y siete coma cero cero metros; siete coma treinta metros; diecisiete coma veinte metros, con Sitio número cuarenta y seis B guión uno del mismo plano; al NORPONIENTE, en línea quebrada de veintidós coma veinte metros; treinta y cinco coma treinta metros; trece coma cero cero metros; siete coma cincuenta metros; y veintiún coma setenta metros con Sitio número cuarenta y seis B guión uno del mismo plano; y al SURORIENTE, en ochenta y siete coma cincuenta metros con Sector X del plano de subdivisión y modificación del loteo del Complejo Turístico Marbella, plano que se encuentra archivado bajo en número seiscientos treinta y dos del Registro de Documentos del año mil novecientos noventa y dos del Conservador de Bienes Raíces de Quillota. Se comprendieron en la compraventa los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a los inmuebles aludidos en el terreno y demás bienes que se reputan comunes conforme a la Ley número seis mil setenta y uno y su Reglamento, y al Reglamento de Copropiedad del conjunto. La adquirió por compra a SOCIEDAD DE INVERSIONES EL BOLDO S.A. antes denominada SOCIEDAD DE INVERSIONES EL BOLDO LIMITADA, según escritura de fecha tres de febrero del año dos mil once, otorgada en la notaría de Santiago de don José Musalem Saffie. El título de dominio se encuentra inscrito a su nombre a fojas 2.791 Número 1.788 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Quintero correspondiente al año 2011. Roles de Avalúo Fiscal N° 256-62 correspondiente a la Casa, 256-147 correspondiente a la Bodega, y 256-189 correspondiente al Estacionamiento, todos de la Comuna de Puchuncaví. - Dicho activo es aportado por doña MÓNICA MUNSTER OETLING a la sociedad INVERSIONES INMOBILIARIA CABILDO LIMITADA por un valor de $57.303.335.- B) La Nuda Propiedad, reservándose para sí el Usufructo Vitalicio, del inmueble correspondiente a oficina número doscientos diecinueve del edificio ubicado en Avenida Vitacura número cinco mil novecientos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número tres mil trescientos sesenta y uno y tres mil trescientos sesenta y uno A a la E; y dueña de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que corresponde al lote denominado Seis-A del plano de fusión respectivo y deslinda: NOR PONIENTE, en cincuenta y cinco coma sesenta y seis metros con sitios veintiuno, veinte, diecinueve y dieciocho; NOR ORIENTE, en treinta coma setenta y nueve metros con sitio número siete; SUR ORIENTE, en cincuenta y cuatro coma cero un metros con Avenida Vitacura; SUR PONIENTE, en veintinueve coma veintiocho metros con sitios números tres y dos. Lo adquirió por compra a PROYECTOS INMOBILIARIOS INTERNACIONALES LIMITADA, según escritura de fecha veintinueve de enero de mil novecientos noventa y tres, otorgada en la notaría de Santiago de don José Musalem Saffie. El título de dominio se encuentra inscrito a su nombre a fojas 12.152 Número 9.915 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1993. Rol de Avalúo Fiscal N° 1.213-13, Comuna de Vitacura. - Dicho activo es aportado por doña MÓNICA MUNSTER OETLING a la sociedad INVERSIONES INMOBILIARIA CABILDO LIMITADA por un valor de $13.446.665.- dos) Don JUAN ANTONIO MINASSIAN BALOIAN, aporta la suma de $277.250.000, equivalente al 79,045% del capital social, de los cuales la suma de $202.250.000 se encuentra pagada y enterada en caja social con anterioridad a este acto, y el saldo de $75.000.000 es pagado, en este acto, en especies, mediante el aporte en dominio de los siguientes bienes: A) La Nuda Propiedad, reservándose para sí el Usufructo Vitalicio, del inmueble ubicado en la comuna de Puchuncaví, que corresponde: Casa número doce, el Facility cuatro guión C , la Bodega número veinticuatro y el Estacionamiento número once, del Edificio de departamentos denominados “Olas de Marbella”, que forma parte del conjunto habitacional denominado “Olas de Marbella” acogido a las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley número dos del año mil novecientos cincuenta y nueve y sus modificaciones, y a la Ley número seis mil setenta y uno y su Reglamento. El referido edificio consta de setenta y dos viviendas, un local comercial -tasca- y las correspondientes bodegas y estacionamientos, de acuerdo a los planos respectivos, que se encuentran archivados, bajo los número s mil cinco al mil trece del registro de documentos del Conservador de Bienes Raíces de Quillota del año mil novecientos noventa y cuatro. Dicho edificio fue construido en el sitio número cuarenta y seis A-uno del sector D guión uno de la subdivisión del sector D, del nuevo plano de loteo del Complejo Turístico Marbella, ubicado en el Fundo Cerro Colorado, de la comuna de Puchuncaví. Conforme a sus títulos y al plano archivado bajo el número novecientos cincuenta y siete del Registro de Documentos del Conservador de Bienes Raíces de Quillota del año mil novecientos noventa y cuatro, el sitio número cuarenta y seis A guión uno referido, deslinada: al NORORIENTE, en ciento cuatro coma ochenta metros aproximadamente; con Avenida del Golf; al SURPONIENTE, en línea quebrada de veintiséis coma cero cero metros; cuatro coma ochenta metros; sesenta y siete coma cero cero metros; siete coma treinta metros; diecisiete coma veinte metros, con Sitio número cuarenta y seis B guión uno del mismo plano; al NORPONIENTE, en línea quebrada de veintidós coma veinte metros; treinta y cinco coma treinta metros; trece coma cero cero metros; siete coma cincuenta metros; y veintiún coma setenta metros con Sitio número cuarenta y seis B guión uno del mismo plano; y al SURORIENTE, en ochenta y siete coma cincuenta metros con Sector X del plano de subdivisión y modificación del loteo del Complejo Turístico Marbella, plano que se encuentra archivado bajo en número seiscientos treinta y dos del Registro de Documentos del año mil novecientos noventa y dos del Conservador de Bienes Raíces de Quillota. Se comprendieron en la compraventa los derechos de dominio, uso y goce que corresponden a los inmuebles aludidos en el terreno y demás bienes que se reputan comunes conforme a la Ley número seis mil setenta y uno y su Reglamento, y al Reglamento de Copropiedad del conjunto. La adquirió por compra a SOCIEDAD DE INVERSIONES EL BOLDO S.A. antes denominada SOCIEDAD DE INVERSIONES EL BOLDO LIMITADA, según escritura de fecha 03 de febrero del año 2011, otorgada en la notaría de Santiago de don José Musalem Saffie. El título de dominio se encuentra inscrito a su nombre a fojas 2.791 Número 1.788 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Quintero correspondiente al año 2011. Roles de Avalúo Fiscal N° 256-62 correspondiente a la Casa, 256- 147 correspondiente a la Bodega, y 256-189 correspondiente al Estacionamiento, todos de la Comuna de Puchuncaví. - Dicho activo es aportado por don JUAN ANTONIO MINASSIAN BALOIAN a la sociedad INVERSIONES INMOBILIARIA CABILDO LIMITADA por un valor de $57.303.335.- B) La totalidad de los derechos sociales de los que es titular en TECNOLOGÍA FORESTAL LIMITADA, Rol único tributario N° 79.771.810-6, correspondientes al 6% de participación en el capital social. Dicho activo es aportado por don JUAN ANTONIO MINASSIAN BALOIAN a la sociedad INVERSIONES INMOBILIARIA CABILDO LIMITADA por un valor de $17.456.665.- C) La totalidad de los derechos sociales de los que es titular en INMOBILIARIA LAGO LOS JUNCOS LIMITADA, Rol único tributario N° 76.922.020-8, correspondientes al 20% de participación en el capital social. Dicho activo es aportado por don JUAN ANTONIO MINASSIAN BALOIAN a la sociedad INVERSIONES INMOBILIARIA CABILDO LIMITADA por un valor de $240.000. tres) Don THOMAS MINASSIAN MUNSTER, aporta la suma de $250.000, equivalente al 0,071% del capital social, la cual se encuentra pagada y enterada en caja social con anterioridad a este acto. cuatro) Don MATÍAS ANDRÉS MINASSIAN MUNSTER, aporta la suma de $250.000, equivalente al 0,071% del capital social, la cual se encuentra pagada y enterada en caja social con anterioridad a este acto.” Se deja constancia que, los Usufructos que por este acto se constituyen, durarán por toda la vida de los Usufructuarios don JUAN ANTONIO MINASSIAN BALOIAN y doña MÓNICA MUNSTER OETLING, con derecho de acrecer entre ellos. En lo no modificado permanecen vigentes demás estipulaciones pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.