GREGUS SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 953-2024
- Notario
- CRISTIAN ANDRÉS GARCÍA MECHSNER
- Oficio
- Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
La sociedad será administrada única y exclusivamente por don Gregory Michel Rene Pepin, cédula de identidad para extranjeros N° 21.716.065-0, quien anteponiendo su nombre a la razón social, representará y obligará a la misma en forma válida, tanto judicial como extrajudicialmente con amplísimas facultades, en todos los actos contratos, negocios y gestiones que estimen útiles o necesarios celebrar, ejecutar o realizar para el debido manejo y acertado cumplimiento de los fines sociales. Enumeración enunciativa o ejemplar en escritura extractada. Puchuncaví, 11 de diciembre de 2024
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| GreGus SpA | socio | 77507153-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTIAN ANDRÉS GARCÍA MECHSNER, abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví, con asiento en la comuna de Puchuncaví, con oficio en Santiago Torres número ciento setenta y uno, local tres, certifico que, por escritura pública de fecha 06 de diciembre de 2024, Repertorio 953-2024, otorgada ante mí, AGUSTÍN HEIREMANS COSMELLI, vendió a BLEU SpA, representada por GREGORY MICHEL RENE PEPIN, 500 acciones de la sociedad GreGus SpA, RUT N° 77.507.153-2, constituida con fecha 19 de noviembre del año 2020 e inscrita a fojas 103.521, número 47.958 del Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Capital $1.000.000.- Como consecuencia de la venta de acciones precedente el comprador es el único socio de la sociedad GreGus SpA y modificó los Estatutos Sociales reemplazando íntegramente el artículo sexto de la cláusula segunda sobre la Administración. La sociedad será administrada única y exclusivamente por don Gregory Michel Rene Pepin, cédula de identidad para extranjeros N° 21.716.065-0, quien anteponiendo su nombre a la razón social, representará y obligará a la misma en forma válida, tanto judicial como extrajudicialmente con amplísimas facultades, en todos los actos contratos, negocios y gestiones que estimen útiles o necesarios celebrar, ejecutar o realizar para el debido manejo y acertado cumplimiento de los fines sociales. Enumeración enunciativa o ejemplar en escritura extractada. Puchuncaví, 11 de diciembre de 2024.