MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CLASS EDIFICACIÓN SpA

RUT 76368429-6 CVE 2586500
Capital
$322.408 CLP
Fecha instrumento
6 de agosto de 2024

Instrumento

Fecha
6 de agosto de 2024
Repertorio
4522-2024
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$322.408 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N°1450, Local 1, de esta ciudad, certifico: Que, por escritura pública de fecha 06 de agosto del año 2024, Repertorio N°4522-2024, ante mí: Se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad por acciones CLASS EDIFICACIÓN SpA, a la que don Alejandro Nain Sepúlveda Campos, modificó la sociedad “CLASS EDIFICACIÓN SpA”, inscrita a fojas 34630 número 21663 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, las modificaciones consisten en: a) la capitalización de utilidades por un monto total de $317.408.430. Como consecuencia de la capitalización, el capital social suscrito queda en $322.408.430; b) el aumento de las acciones de pago en 317.000 acciones ordinarias, sin valor nominal y de una única serie, quedando un total de acciones de 322.000 acciones ordinarias, sin valor nominal y de una única serie. Luego modificaciones anteriores, socios reemplazan el texto del artículo QUINTO de los estatutos sociales establecidos por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de TRESCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS, DIVIDIDOS EN TRESCIENTAS VEINTIDÓS MIL ACCIONES ORDINARIAS, sin valor nominal, todas de una misma serie, el cual será íntegramente suscrito y pagado en un plazo de cinco años de contado y en dinero en efectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Los aumentos de capital serán acordados por los accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, la administración queda facultada para aumentar el capital con objeto de financiar la gestión ordinaria de la sociedad o para fines específicos. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de cinco años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento respectivo, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Asimismo, modifican el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, por el siguiente: El capital inicial de la sociedad es de TRESCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS, DIVIDIDOS EN TRESCIENTAS VEINTIDÓS MIL ACCIONES ORDINARIAS, sin valor nominal, todas de una misma serie, el cual será íntegramente suscrito y pagado en un plazo de cinco años de contado y en dinero en efectivo. A don ALEJANDRO NAIN SEPÚLVEDA CAMPOS, ya individualizado, le corresponde el cien por ciento de las acciones en el capital suscrito y pagado. Atendidas la proporción que mantienen los accionistas sobre el capital suscrito y pagado, y de carácter de accionista administrador de don ALEJANDRO NAIN SEPÚLVEDA CAMPOS, las utilidades serán distribuidas anualmente en partes iguales. En lo no modificado continúan vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 06 de agosto de 2024.