Agrícola Yalí Alto Limitada
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 6659-2024
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
- Oficio
- 20ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno) La explotación, realización, ejecución o en cualquiera otra forma de toda clase de faenas, labores o cultivos agrícolas, frutícolas, vitivinícolas, forestales, pecuarios, ganaderos, avícolas y afines, mediante la explotación agropecuaria en toda clase de predios agrícolas, forestales y ganaderos, propios o ajenos, arrendados o en usufructo o que la sociedad posea en dominio o a cualquier otro título, explotación que podrá realizarse por cuenta propia o ajena; pudiendo al efecto plantar, sembrar, cultivar, producir, elaborar, criar, comercializar y distribuir toda clase de productos agrícolas, forestales, ganaderos, pecuarios, avícolas y derivados resultantes de sus actividades; la importación, exportación, compraventa, comercialización y distribución por cuenta propia o ajena, y la realización de toda clase de actividades y negocios que, directa o indirectamente se relacionen con la agricultura y actividades antes señaladas; Pudiendo realizar toda otras actividades relacionadas directa o indirectamente con lo anterior, celebrar actos, contratos y convenios de cualquier clase y naturaleza con personas naturales o jurídicas, privadas o públicas y demás actividades que acuerden sus socios, para el mejor desempeño de su objeto, podrá asociarse con personas naturales o jurídicas, formar o entrar a formar parte de toda sociedad y)o adquirir participación e intereses en ellas o industrias que directa o indirectamente tengan relación con su objeto social; Podrá invertir su capital y las reservas que forme, en actividades ajenas a su objeto, tanto para el debido resguardo del capital y de las reservas, como para ofrecer garantías suficientes que faciliten las actividades de la Sociedad; y efectuar inversiones en bienes inmuebles o muebles, corporales e incorporales, en inmuebles sean estos urbanos, agrícolas, ganaderos o forestales, explotarlos en cualquier forma jurídica, administrarlos y percibir sus rentas y frutos, en valores, entendiéndose por tales los títulos transferibles incluidas las acciones, las opciones a la compra y venta de acciones, bonos, debentures, cuentas de fondos mutuos, efectos de comercio, y en general, todo título de crédito e inversión. Dos) Elaboración, industrialización y comercialización de toda la actividad de productos cosmetológicos y naturales tendiente al mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal mediante la aplicación tópica de todo tipo de aceites esenciales y materias primas, sea cual sea su procedencia u origen, incluyendo, entre estos tratamientos corporales y faciales; el uso, compraventa, importación, exportación y elaboración propia o por terceros de toda clase de productos cosméticos y otros artículos similares para este propósito.; Tres) La producción, elaboración y preparación en todas sus formas de toda clase de alimentos para animales y mascotas cuyo formato sea secos y)o deshidratados, semihúmedos, húmedos y todos aquellos que guarden relación con alimentos procesados, preparados o no, elaborados o semielaborados, envasados al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales de toda clase de alimentos para mascotas o de productos que sirven en la actualidad o sirvan en el futuro, para el consumo animal y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio para animales y mascotas, que implique como consecuencia la compraventa, importación y exportación de los mismos y cualquier otra actividad que permita cumplir con el objeto social descrito, para lo cual se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; y Cuatro) La fabricación, producción, elaboración y comercialización por mayor y al detalle de productos de todo tipo de jugos y)o pulpas naturales de consumo alimenticio frescos y congelados en base a fruta y verduras y todo lo que de cualquiera forma, esté relacionado con alimentos envasados o no, actuales o futuros, que implique como consecuencia la compraventa, importación y exportación de los mismos y cualquier otra actividad que permita cumplir con el objeto social descrito, para lo cual se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los objetivos señalados. En todo lo no modificado por la escritura extractada, quedan plenamente vigente los estatutos sociales. Santiago, 25 de noviembre de 2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo número 4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública hoy ante mí, bajo el repertorio 6659-2024: JUAN PABLO IVANOVIC ARIZTÍA, chileno, casado con separación total de bienes, arquitecto, cédula de identidad 8.512.598-2, domiciliado en Las Hualtatas 9332, departamento 302, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana y TERESITA DE JESUS IVANOVIC ARIZTIA, chilena, casada con separación total de bienes, docente, cédula de identidad 13.831.050-7, domiciliada en calle José Miguel Perceval 10237, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron cláusula Tercera en el sentido de ampliar el objeto social de la Sociedad Agrícola Yalí Alto Limitada. (inscripción fojas 6422, número 4549, rectificado fojas 37472, número 26337, ambos Registro Comercio 2012), por esta escritura pública los comparecientes quienes quedaron como únicos socios enumeraron y agregaron a la cláusula Tercera lo siguiente en cuanto a la ampliación del objeto de la sociedad en el siguiente sentido, debiendo decir: TERCERA: OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: Uno) La explotación, realización, ejecución o en cualquiera otra forma de toda clase de faenas, labores o cultivos agrícolas, frutícolas, vitivinícolas, forestales, pecuarios, ganaderos, avícolas y afines, mediante la explotación agropecuaria en toda clase de predios agrícolas, forestales y ganaderos, propios o ajenos, arrendados o en usufructo o que la sociedad posea en dominio o a cualquier otro título, explotación que podrá realizarse por cuenta propia o ajena; pudiendo al efecto plantar, sembrar, cultivar, producir, elaborar, criar, comercializar y distribuir toda clase de productos agrícolas, forestales, ganaderos, pecuarios, avícolas y derivados resultantes de sus actividades; la importación, exportación, compraventa, comercialización y distribución por cuenta propia o ajena, y la realización de toda clase de actividades y negocios que, directa o indirectamente se relacionen con la agricultura y actividades antes señaladas; Pudiendo realizar toda otras actividades relacionadas directa o indirectamente con lo anterior, celebrar actos, contratos y convenios de cualquier clase y naturaleza con personas naturales o jurídicas, privadas o públicas y demás actividades que acuerden sus socios, para el mejor desempeño de su objeto, podrá asociarse con personas naturales o jurídicas, formar o entrar a formar parte de toda sociedad y/o adquirir participación e intereses en ellas o industrias que directa o indirectamente tengan relación con su objeto social; Podrá invertir su capital y las reservas que forme, en actividades ajenas a su objeto, tanto para el debido resguardo del capital y de las reservas, como para ofrecer garantías suficientes que faciliten las actividades de la Sociedad; y efectuar inversiones en bienes inmuebles o muebles, corporales e incorporales, en inmuebles sean estos urbanos, agrícolas, ganaderos o forestales, explotarlos en cualquier forma jurídica, administrarlos y percibir sus rentas y frutos, en valores, entendiéndose por tales los títulos transferibles incluidas las acciones, las opciones a la compra y venta de acciones, bonos, debentures, cuentas de fondos mutuos, efectos de comercio, y en general, todo título de crédito e inversión. Dos) Elaboración, industrialización y comercialización de toda la actividad de productos cosmetológicos y naturales tendiente al mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal mediante la aplicación tópica de todo tipo de aceites esenciales y materias primas, sea cual sea su procedencia u origen, incluyendo, entre estos tratamientos corporales y faciales; el uso, compraventa, importación, exportación y elaboración propia o por terceros de toda clase de productos cosméticos y otros artículos similares para este propósito.; Tres) La producción, elaboración y preparación en todas sus formas de toda clase de alimentos para animales y mascotas cuyo formato sea secos y/o deshidratados, semihúmedos, húmedos y todos aquellos que guarden relación con alimentos procesados, preparados o no, elaborados o semielaborados, envasados al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales de toda clase de alimentos para mascotas o de productos que sirven en la actualidad o sirvan en el futuro, para el consumo animal y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio para animales y mascotas, que implique como consecuencia la compraventa, importación y exportación de los mismos y cualquier otra actividad que permita cumplir con el objeto social descrito, para lo cual se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; y Cuatro) La fabricación, producción, elaboración y comercialización por mayor y al detalle de productos de todo tipo de jugos y/o pulpas naturales de consumo alimenticio frescos y congelados en base a fruta y verduras y todo lo que de cualquiera forma, esté relacionado con alimentos envasados o no, actuales o futuros, que implique como consecuencia la compraventa, importación y exportación de los mismos y cualquier otra actividad que permita cumplir con el objeto social descrito, para lo cual se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los objetivos señalados. En todo lo no modificado por la escritura extractada, quedan plenamente vigente los estatutos sociales. Santiago, 25 de noviembre de 2024.