MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRAVERSO Y BARROS LIMITADA

RUT 76064769-1 CVE 2584703
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2024
Repertorio
72545/2024
Notario
Francisco Leiva Carvajal
Oficio
2° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la comuna de Chicureo

Objeto social

a) La venta de bienes muebles al por menor por correo, por internet y vía telefónica, y otras actividades de venta al por menor no realizadas en comercios, puestos de venta o mercados n.c.p.; b) Importación, Exportación, Comercialización, Distribución, Preparación, y Manipulación de todo tipo de productos y servicios; c) Inversión de dineros y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) Inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; e) Realización de actividades de consultoría de informática y de gestión de instalaciones informáticas, incluyendo, pero no limitado a, servicios de consultoría en transformación digital, automatización de procesos y consultorías tecnológicas en general; y, f) Cualquier otra actividad, relacionada o no con las anteriores, que los socios determinen. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con ésta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen directamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines”. Dos) Transformar la Sociedad en una sociedad por acciones. Tres) Aprobar los nuevos estatutos de la Sociedad: (i)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Leiva Carvajal, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, Alcántara 107, certifico: Por escritura pública de fecha 14 noviembre 2024, repertorio N° 72.545/2024, ante mí, Juan Pablo Traverso Gianini y María Paz Barros Harseim, ambos domiciliados en Américo Vespucio Norte 800, depto. 1401, Las Condes, en su calidad de únicos socios de TRAVERSO Y BARROS LIMITADA (la “Sociedad”), acordaron: Uno) Modificar el objeto de la Sociedad reemplazando la cláusula cuarta de sus estatutos por la siguiente: “Artículo cuarto. La Sociedad tendrá por objeto: a) La venta de bienes muebles al por menor por correo, por internet y vía telefónica, y otras actividades de venta al por menor no realizadas en comercios, puestos de venta o mercados n.c.p.; b) Importación, Exportación, Comercialización, Distribución, Preparación, y Manipulación de todo tipo de productos y servicios; c) Inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) Inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; e) Realización de actividades de consultoría de informática y de gestión de instalaciones informáticas, incluyendo, pero no limitado a, servicios de consultoría en transformación digital, automatización de procesos y consultorías tecnológicas en general; y, f) Cualquier otra actividad, relacionada o no con las anteriores, que los socios determinen. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con ésta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen directamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines”. Dos) Transformar la Sociedad en una sociedad por acciones. Tres) Aprobar los nuevos estatutos de la Sociedad: (i) Razón social: “TRAVERSO Y BARROS SpA”. (ii) Objeto: El objeto de la Sociedad será a) La venta de bienes muebles al por menor por correo, por internet y vía telefónica, y otras actividades de venta al por menor no realizadas en comercios, puestos de venta o mercados n.c.p.; b) Importación, Exportación, Comercialización, Distribución, Preparación, y Manipulación de todo tipo de productos y servicios; c) Inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) Inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; e) Realización de actividades de consultoría de informática y de gestión de instalaciones informáticas, incluyendo, pero no limitado a, servicios de consultoría en transformación digital, automatización de procesos y consultorías tecnológicas en general; y, f) Cualquier otra actividad, relacionada o no con las anteriores, que los socios determinen. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con ésta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen directamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines. (iii) Capital: $10.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. (iv) Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Chicureo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de Diciembre de 2024.