COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA QUINCALLERÍA BAU-PLAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 7486/2024
- Notario
- RICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA
- Oficio
- Primera Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO MAURICIO SALGADO SEPULVEDA, Notario Público Titular, de la Primera Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana N°989, de la misma comuna, certifico: Por escritura pública de 10 de Diciembre de 2024, ante mí, Repertorio Nº7486/2024, señor RODRIGO ALEJANDRO BUSTOS HENRIQUEZ, chileno, casado, abogado, cédula de identidad 10.405.834-5, domiciliado Diagonal Pedro Aguirre Cerda N°1079, oficina 102, comuna Concepción. Que, debidamente facultado viene en RECTIFICAR la escritura de modificación de la sociedad COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA QUINCALLERÍA BAU-PLAN LIMITADA, de 14 de octubre de 2024, ante don Ricardo Mauricio Salgado Sepúlveda, Notario Público y Conservador de Minas, de Concepción, número de repertorio 6306/2024. Que la sociedad COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA QUINCALLERÍA BAU-PLAN LIMITADA, tiene rol único tributario 76.761.343-1, capital $4.000.000, extracto inscrito a fojas 1.605 número 1.259, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Concepción del año 2017. Que, por error de transcripción, la individualización de la sociedad, en escritura de modificación estatuto social, en la Cláusula Tercero, en la Cláusula Cuarto y en la Cláusula Quinto y en el extracto publicado en el Diario Oficial CVE dos cinco siete seis nueve seis dos de fecha veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro, se señaló como COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA QUINCALLERÍA BAU-PLAN LIMITADA, siendo que correspondía individualizarla como QUINCALLERIA BAU-PLAN LIMITADA. Que, debidamente facultado, conforme lo indicado en la cláusula Octavo de la escritura de modificación de sociedad, se rectifica la escritura de modificación de estatuto social en el siguiente sentido y respecto de las siguientes cláusulas: “TERCERO: Que, actualmente los únicos socios de la sociedad QUINCALLERIA BAU-PLAN LIMITADA, son MARÍA CAROLINA AMADO COFFRÉ, dueña de un cincuenta por ciento por ciento de la totalidad de los derechos y participación social y don ENRIQUE JAIME NAVARRETE VALENZUELA, dueño de un cincuenta por ciento de la totalidad de los derechos y participación social. CUARTO: Por el presente acto e instrumento los comparecientes doña MARÍA CAROLINA AMADO COFFRÉ y don ENRIQUE JAIME NAVARRETE VALENZUELA, libre y expresamente de común acuerdo vienen en modificar el pacto de la sociedad QUINCALLERIA BAU- PLAN LIMITADA” en el siguiente sentido: Uno) Que, por el presente acto don ENRIQUE JAIME NAVARRETE VALENZUELA, vende cede y transfiere al compareciente don EDUARDO ANDRÉS AMADO COFFRÉ el NOVENTA Y SIETE por ciento de sus derechos y participación social consistentes y equivalentes al CUARENTA Y OCHO COMA CINCO por ciento de los derechos e interés en el capital social de QUINCALLERIA BAU-PLAN LIMITADA, quién lo acepta y adquiere para sí, ingresando de esta forma sus derechos y participación social. El precio de esta cesión es la suma única y total de doce millones quinientos mil pesos que el adquiriente paga de la siguiente forma: a) En este acto, don EDUARDO ANDRÉS AMADO COFFRÉ, paga de contado y en dinero en efectivo la suma de cuatro millones quinientos mil de pesos y que el cedente declara recibir a su total y entera satisfacción, sirviendo este Instrumento de suficiente acta de recibo de pago, b) El saldo del precio de la cesión, equivalente a ocho millones de pesos, don EDUARDO ANDRÉS AMADO COFFRÉ los cancelará al cedente en dieciséis cuotas mensuales, sucesivas, por una suma quinientos mil pesos cada una, a partir del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro; Dos) Los comparecientes vienen en hacer expresa declaración de que las cesiones antedichas, previstas y contenidas en esta cláusula e instrumento, comprenden todos los derechos que emanan de la naturaleza y de la calidad de socio, sin exclusiones de ninguna naturaleza y sin que esta enumeración sea restrictiva o limitada, se comprenden en ella revalorización de capital, utilidades y capitalización de las mismas y otros, todo en la proporción de los derechos aquí cedidos; Tres) En consecuencia, de las acciones señaladas de esta cláusula don EDUARDO ANDRÉS AMADO COFFRÉ ingresa a la sociedad QUINCALLERIA BAU-PLAN LIMITADA. QUINTO: En consecuencia, de lo expuesto precedentemente, los únicos y actuales socios integrantes de la sociedad QUINCALLERIA BAU-PLAN LIMITADA son doña MARÍA CAROLINA AMADO COFFRÉ dueña del CINCUENTA por ciento de la totalidad de los derechos y participación social, don EDUARDO ANDRÉS AMADO COFFRÉ, dueño del CUARENTA Y OCHO COMA CINCO por ciento de la totalidad de los derechos y participación social y don ENRIQUE JAIME NAVARRETE VALENZUELA dueño del UNO COMA CINCO por ciento de la totalidad de los derechos y participación social”.- En todo lo no modificado subsisten íntegramente estipulaciones contenidas en escritura de Constitución de esta Sociedad. CONCEPCION, 11 de diciembre de 2024.