MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Automotriz Becker SpA

RUT 76970641-0 CVE 2584684
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
5 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de diciembre de 2024
Repertorio
19315/2024
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, Local 302, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 05 de diciembre de 2024, repertorio 19.315/2024, ante mí, don José Miguel Osvaldo Tercero Becker Sánchez, en su calidad de único y actual accionista de Automotriz Becker SpA, sociedad inscrita a fojas 65183 número 26317 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2024, rectificó y refundió los estatutos de Automotriz Becker SpA (la “Sociedad”), de cuyo contenido extracto: i) Rectificación capital de la Sociedad: en el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad se mencionó erróneamente que el capital de la Sociedad es la suma de $80.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, cuando en realidad el capital es de la suma de $2.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. A fin de rectificar el monto del capital social, el único y actual accionista corrige el referido capital y reemplaza íntegramente el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital y acciones. El capital de la Sociedad es la suma de dos millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, todas nominativas y sin valor nominal”; ii/ Estatutos refundidos: una vez rectificado el capital social, el único y actual accionista de la Sociedad procedió a otorgar texto refundido de los estatutos sociales: Nombre: Automotriz Becker SpA. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Taller mecánico: prestación de servicios mecánicos integrales a vehículos motorizados o no, reparaciones, mantenciones y venta de repuestos, incluyendo todas las reparaciones y mantenimiento inherente a ellos, ya sea en la parte mecánica, eléctrica, tapicería, accesorios, reparación o recambio de partes de carrocerías, pintura, desabolladura, terminación, recambio de cristales, y alineación de direcciones; b) Acondicionamiento de todo tipo de vehículos motorizados o no, cero kilómetro y usados, prestación de servicios técnicos, asistenciales de postventa y posteriores servicios, por cuenta propia y por cuenta y orden de concesionarios oficiales, ajustándose esos trabajos a las especificaciones de fábrica; c) Comercialización de Repuestos y Accesorios para la industria automotriz: Compraventa, permutas, consignaciones y representaciones de repuestos y accesorios, cubiertas, cámaras, motores, combustibles, lubricantes, lavado y engrase de vehículos, importación y exportación, representación y venta por mayor y menor de materias primas, repuestos, accesorios y componentes relacionados con la industria automotriz, motocicletas, motores y ciclomotores; d) Comercialización de vehículos motorizados o no; la compraventa, exportación e importación, distribución, representación de firmas nacionales o extranjeras, comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de vehículos motorizados, nuevos o usados; e) Servicio de grúas; f) Arriendo de todo tipo de vehículos motorizados o no; y g) cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente con el objeto señalado anteriormente, y en general, la realización y participación de cualquier acto, negocio o actividad que la Ley permita, que los accionistas de común acuerdo decidan, incluyendo la participación en sociedades o comunidades de cualquier tipo o naturaleza. Capital: $2.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de diciembre de 2024.