Aceites Granasur S.A
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 15739-2024
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Santiago, CERTIFICO: Que con fecha 11 de diciembre de 2024, Repertorio 15.739 - 2024, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de ACEITES GRANASUR S.A., celebrada ante mi, con fecha 10 de diciembre de 2024, en que se acordó ampliar el objeto social, reemplazando el artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “CUARTO: Su objeto será: “(a) La producción, elaboración, conservación, preparación, extracción, refinación, mezcla, envasado, compra, venta, distribución, comercialización, importación y exportación de semillas, de sus aceites y de sus derivados y de toda clase de productos y subproductos de éstas, así como de otros aceites, ácidos grasos esenciales, aceites esenciales, productos para uso en la industria nutracéutica, farmacéutica y cosmética, productos tipo gourmet y otros alimentos en general; (b) La realización de toda clase de negocios, en áreas comerciales, industriales, agrícolas, de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, asesorías y cualquier otra actividad que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social antes indicado; (c) La realización de inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero; y formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, y la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos y de cualquier otro beneficio; podrá, asimismo, celebrar los contratos y actos jurídicos que en general sean necesarios para dichos fines; y (d) La prestación de servicios de asesoría financiera, incluyendo, sin limitación, el análisis de información de mercado en Chile y la emisión de reportes y asesoría técnica en materia de estrategias, entre otros.”. En lo no modificado, se mantiene vigente lo señalado en los estatutos sociales. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 12 de diciembre de 2024.