SOCIEDAD INVERSIONES EL MONTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 4141
- Notario
- Patricia Manríquez Huerta
- Oficio
- 48ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricia Manríquez Huerta, abogado, Notario Público, Titular de la 48ª Notaría de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo 3.076, of. 601, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 9 de diciembre de 2024, ante mí, JUAN FRANCISCO GUTIÉRREZ MONTES, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número diecinueve millones setenta y ocho mil quinientos dos guion cinco, domiciliado en Baztan 3266, comuna de Las Condes, en representación de don Juan Gabriel Navarro Gutiérrez, y doña María del Pilar Montes Allende suscribió escritura de saneamiento de escritura pública de fecha 6 de junio de 2024, celebrada en la Segunda Notaría de Lo Barnechea de don Patricio Guillermo Corominas Mellado con asiento en Avenida La Dehesa #1201, Local 101, comuna de Lo Barnechea, bajo repertorio 4141, de 2024. En efecto, a través de la escritura citada don Juan Gabriel Navarro Gutiérrez y doña María del Pilar Montes Allende modificaron la administración y el uso de la razón social de la Sociedad de responsabilidad limitada "SOCIEDAD INVERSIONES EL MONTE LIMIITADA". La publicación en el Diario Oficial del extracto no fue practicad a dentro del plazo legal. En efecto, el extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. El vicio es susceptible de saneamiento de conformidad con las disposiciones contenidas en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. Por el presente instrumento, el compareciente, viene en sanear el vicio formal aludido precedentemente a través del otorgamiento de la presente escritura pública de saneamiento. Un extracto autorizado de la presente escritura pública deberá ser inscrito y publicado dentro del plazo legal para tales efectos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo tres letra a) de la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve no es necesario reproducir íntegramente el estatuto social. El capital de la sociedad es de $100.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 11 de diciembre de 2024.- Patricia Manríquez Huerta, Not. Público.