MCI TELECOM LATAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 5830-2024
- Comuna
- Santiago don R
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 2 años renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, y a todo título: a) La compraventa, importación, exportación, distribución, comercialización y proyectos de equipos e instrumentos relacionados con redes, fibra óptica, cámaras de seguridad, artículos eléctricos, tarjetas SIM y E-SIM y otros de naturaleza idónea; b) La representación de personas, empresas o marcas, chilenas o extranjeras; c) La importación, compraventa, arriendo, expendio, comercialización, fabricación, manufactura y distribución al por mayor y menor de todo tipo de artículos y productos, materiales, insumos, materias primas, implementos, equipos y maquinarias ya sea elaboradas o semi elaboradas y)o terminadas de todo tipo, que se relaciones directa o indirectamente con los objetos mencionados, pudiendo al efecto tomar representaciones de empresas y marcas nacionales o extranjeras; d) La administración de activos de todo tipo, tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; f) Prestación de servicios de logística remota a través de medios electrónicos, servicios digitales, servicios de pago y todos los servicios relacionados con los objetos anteriormente descritos; g) Inversiones inmobiliarias ya se por cuenta propia o ajena; h) La realización de toda clase de operaciones de crédito de dinero, incluso hacer préstamos, con o sin garantía, descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pagos, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores los complemente o sea una consecuencia de estos, con excepción de las operaciones que la ley sólo autoriza a los bancos y sociedades financieras; i) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; j) En general, la celebración o ejecución de todo negocio, acto, contrato, operación, gestión, actividad o servicio complementario, semejante o afín con las actividades señaladas anteriormente, con personas naturales y personas jurídicas de carácter público o privado, sean estas nacionales o extranjeras, que él o los accionistas acuerden y estimen necesarios o conducentes para el cumplimiento integral de los objetivos antes mencionados y la consecución de los fines sociales, siempre y cuando no sean contrarios a la ley
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios PAUL ANDRÉS AGUAYO SANHUEZA y JUAN VÁSQUEZ CÓRDOVA, quienes actuarán conjuntamente en toda clase de actos de la sociedad, debiendo anteponer la firma de cada uno de ellos a la razón social para obligar a la sociedad ante terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Suplente del Titular de la 15º Notaría de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, con oficio en calle Mardoqueo Fernández Nº 201, locales 101 y 102, Providencia, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio Nº 5830 - 2024, PAUL ANDRÉS AGUAYO SANHUEZA, C.I. Nº 9.886.374-8, y JUAN VÁSQUEZ CÓRDOVA, C.I. Nº 10.401.138-1, ambos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy Nº 7440, Of. 321, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada conforme a extracto: Razón Social: MCI TELECOM LATAM LIMITADA, pudiendo usar para fines bancarios y de propaganda el nombre de fantasía MCI TELECOM LATAM.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto, ya sea por cuenta propia o ajena, de forma directa o indirecta, y a todo título: a) La compraventa, importación, exportación, distribución, comercialización y proyectos de equipos e instrumentos relacionados con redes, fibra óptica, cámaras de seguridad, artículos eléctricos, tarjetas SIM y E-SIM y otros de naturaleza idónea; b) La representación de personas, empresas o marcas, chilenas o extranjeras; c) La importación, compraventa, arriendo, expendio, comercialización, fabricación, manufactura y distribución al por mayor y menor de todo tipo de artículos y productos, materiales, insumos, materias primas, implementos, equipos y maquinarias ya sea elaboradas o semi elaboradas y/o terminadas de todo tipo, que se relaciones directa o indirectamente con los objetos mencionados, pudiendo al efecto tomar representaciones de empresas y marcas nacionales o extranjeras; d) La administración de activos de todo tipo, tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; f) Prestación de servicios de logística remota a través de medios electrónicos, servicios digitales, servicios de pago y todos los servicios relacionados con los objetos anteriormente descritos; g) Inversiones inmobiliarias ya se por cuenta propia o ajena; h) La realización de toda clase de operaciones de crédito de dinero, incluso hacer préstamos, con o sin garantía, descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pagos, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores los complemente o sea una consecuencia de estos, con excepción de las operaciones que la ley sólo autoriza a los bancos y sociedades financieras; i) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; j) En general, la celebración o ejecución de todo negocio, acto, contrato, operación, gestión, actividad o servicio complementario, semejante o afín con las actividades señaladas anteriormente, con personas naturales y personas jurídicas de carácter público o privado, sean estas nacionales o extranjeras, que él o los accionistas acuerden y estimen necesarios o conducentes para el cumplimiento integral de los objetivos antes mencionados y la consecución de los fines sociales, siempre y cuando no sean contrarios a la ley. Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios PAUL ANDRÉS AGUAYO SANHUEZA y JUAN VÁSQUEZ CÓRDOVA, quienes actuarán conjuntamente en toda clase de actos de la sociedad, debiendo anteponer la firma de cada uno de ellos a la razón social para obligar a la sociedad ante terceros. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan en la siguiente proporción: PAUL ANDRÉS AGUAYO SANHUEZA aporta el 50% del capital, consistente en la suma de $500.000, y JUAN VÁSQUEZ CÓRDOVA, aporta el 50% del capital consistente en la suma de $500.000, capital que los socios suscriben y pagan en la forma señalada en el pacto social, quedando el capital totalmente suscrito. Duración: 2 años renovables automáticamente por periodos iguales y sucesivos. Domicilio: Santiago, sin perjuicio establecer agencias, sucursales, oficinas en el resto del país o extranjero. Responsabilidad: Limitada monto de aporte. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de diciembre de 2024.