Instrumento
- Notario
- PABLO JOSE HALES BESELER
- Oficio
- 13ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) comprar, vender, arrendar máquinas y equipos de construcción; b) compra y venta de terrenos de todo tipo de inmuebles; c) lotear, dividir, subdividir y en general, realizar todas las labores relativas a la gestión inmobiliaria; d) realización de obras de ingeniería, especialmente las relativas a todo tipo de instalaciones sanitarias, diseño y ejecución de calefacción; proyectos y realización de estructuras metálicas; e) construcción de todo tipo de inmuebles por adherencia ya sean casas, canales de desagüe, instalaciones eléctricas e industriales y demás semejantes, como también la reordenación, reparación, ampliación, mantención y mejora de los mismos; así como, terminaciones de Edificios y acabados; f) realización y ejecución de proyectos de arquitectura, diseño interior y decoración de inmuebles, comprendiéndose en esta actividad la compra, venta, importación, exportación de muebles, lámparas, alfombras, telas, adornos, objetos de diseños y, en general, todos los demás objetos requeridos en la ejecución de esta actividad relativa a labores de paisajismo; g) diseño y construcciones de jardines, de riego, así como toda actividad comprendida en labores de paisajismo; h) en general, todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO JOSE HALES BESELER, abogado, Notario Público Titular 13ª Notaría de Santiago, domiciliado en Avenida Padre Hurtado Sur número ochocientos setenta y cinco, local mil cincuenta y cuatro, Las Condes, certifico: Escritura hoy ante mí, MARIA JOSE FUENTES RIVAS, chilena, quien declara ser soltera, arquitecto, cédula de identidad número veinte millones doscientos treinta y seis mil seiscientos cincuenta y nueve guion siete, domiciliada en Alvaro Casanova número mil cinco, casa E, comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones es “F2&R ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION SpA” nombre fantasía “F2&R SpA”. Domicilio: Santiago. Duración: indefinida. Objeto: a) comprar, vender, arrendar máquinas y equipos de construcción; b) compra y venta de terrenos de todo tipo de inmuebles; c) lotear, dividir, subdividir y en general, realizar todas las labores relativas a la gestión inmobiliaria; d) realización de obras de ingeniería, especialmente las relativas a todo tipo de instalaciones sanitarias, diseño y ejecución de calefacción; proyectos y realización de estructuras metálicas; e) construcción de todo tipo de inmuebles por adherencia ya sean casas, canales de desagüe, instalaciones eléctricas e industriales y demás semejantes, como también la reordenación, reparación, ampliación, mantención y mejora de los mismos; así como, terminaciones de Edificios y acabados; f) realización y ejecución de proyectos de arquitectura, diseño interior y decoración de inmuebles, comprendiéndose en esta actividad la compra, venta, importación, exportación de muebles, lámparas, alfombras, telas, adornos, objetos de diseños y, en general, todos los demás objetos requeridos en la ejecución de esta actividad relativa a labores de paisajismo; g) diseño y construcciones de jardines, de riego, así como toda actividad comprendida en labores de paisajismo; h) en general, todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con el objeto social. Administración de la Sociedad corresponderá a doña MARIA JOSE FUENTES RIVAS. Capital: seis millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, que representan el cien por ciento de las acciones emitidas por la Sociedad, se suscribe en su totalidad, por MARIA JOSE FUENTES RIVAS, las cuales representan el cien por ciento de las acciones emitidas y suscritas por la Sociedad, de las cuales paga diez acciones, esto es, seiscientos mil pesos en dinero efectivo y al contado, ingresando en este acto en caja social, obligándose al pago del saldo de las acciones suscritas en el plazo de tres años. Otros pactos escritura extractada. SANTIAGO, 29 de noviembre del 2024.