MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GONZÁLEZ Y VARAS ASOCIADOS LIMITADA

RUT 76164688-5 CVE 2583835
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de noviembre de 2024
Notaría
Temuco de don

Instrumento

Fecha
13 de noviembre de 2024
Repertorio
12683-24
Comuna
Temuco de don

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 3.918

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Titular de la agrupación comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, Temuco, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 13 de noviembre de 2024, Repertorio N° 12683-24, otorgada mí, don JORGE GABRIEL GONZALEZ SALAZAR, cédula nacional de identidad N° 8.898.318-1; y, doña ISILA DEL CARMEN AGUILERA URRA, cédula nacional de identidad N° 9.105.553-8, expusieron: Antecedentes jurídicos de la sociedad: A) Que, por Escritura Pública de fecha 24 de agosto del año 2011 otorgada en la Notaría de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales anotada en su repertorio bajo el N° 6508 del año 2011, don JORGE GABRIEL GONZALEZ SALAZAR y don MARCELO ALEJANDRO VARAS CICARELLI, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de conformidad a las disposiciones de la ley 3.918 y sus modificaciones y normas pertinentes del Código de Comercio, cuya razón social es "GONZÁLEZ Y VARAS ASOCIADOS LIMITADA", rol único tributario N° 76.164.688-5; el extracto de la escritura pública de Constitución de Sociedad se inscribió a fojas 1.498 vuelta, bajo el N° 1.328 en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2011; con domicilio en la ciudad de Temuco, y bajo las condiciones y estipulaciones que en dicho pacto social se establecieron; B) Que, por escritura pública de fecha 27 de agosto del año 2023 otorgada en la Notaría de Temuco de don Jorge Elías Tadres Hales se modificó la sociedad en cuestión. El extracto de la referida modificación se inscribió a fojas 2.114 vuelta, bajo el N° 1.630 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2013. Esta modificación consiste en la cesión de derechos sociales de don MARCELO ALEJANDRO VARAS CICARELLI a doña ISILA DEL CARMEN AGUILERA URRA. Se modificó además, la cláusula CUARTA del pacto social, en el sentido de que la razón social es “GONZALEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA” y cuyo nombre de fantasía es “Capacita G & V Ltda.” C) Los socios de "GONZÁLEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA" y su respectiva proporción de participación social es la siguiente: a) don JORGE GABRIEL GONZALEZ SALAZAR es dueño del 50% de los derechos sociales; b) y doña ISILA DEL CARMEN AGUILERA URRA es dueña del 50% de los derechos sociales. Modificación.- los actuales socios, vienen a modificar la CLÁUSULA SEGUNDA del pacto social, siendo del siguiente tenor: “El objeto de la sociedad será: a) el ejercicio, desarrollo, y perfeccionamiento de la educación básica, media, profesional de cualquier Centro de Formación Técnica, Instituto Profesional, Universidad, acreditada o no; b) la realización de asesorías, proyectos y estudios en derecho, dictación de cursos, conferencias, simposios y reuniones profesionales y en general la prestación de servicios educacionales a cualquier entidad que se encuentre tanto dentro o fuera del país; c) la importación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de las actividades anteriormente descritas y las que se pasan a describir; d) la creación, importación, comercialización de toda clase de productos, en especial, productos ligados a la innovación; e) la creación, fabricación, importación o comercialización todo tipo de maquinarias y utensilios para uso agrícola, industrial o domiciliario, en especial, para la purificación de agua, o cualquier otra clase de productos ligados a lo anterior; f) la inscripción de patentes industriales, registros de marcas y de propiedad industrial en general; g) la participación en licitaciones públicas y privadas, en especial, a través de la plataforma Mercado Público; h) la presentación de toda clase de proyectos, en especial, de innovación ante organismos públicos y privados; i) el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería, por cuenta propia o ajena; j) la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, construcción o cualquier forma de explotación de bienes inmuebles y muebles; k) y, cualquier otra actividad que acordaren los socios diga o no relación directa o indirecta, conexa o relacionada con el objeto ya indicado y que los socios acordaren”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- CAPITAL: $2.000.000.- Temuco, 27 de noviembre de 2024.