Instrumento
- Fecha
- 5 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 1978/2024
- Notario
- SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Puerto Varas
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Osorno
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o ajena de todas y cada una de las siguientes actividades: Fabricación de muebles principalmente de madera, Fabricación de piezas de carpintería para edificios y construcciones, Otras actividades especializadas de la construcción, Otras actividades de dotación de personal y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 05/12/2024, repertorio N°1978/2024, ante mí: don CARLOS ANTONIO MARTINEZ, argentino, factor de comercio, DNI 17.216.520 y RUT Nº 48.226.431-K, con domicilio en calle Rivadavia Nº 1.764, ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia Río Negro, República Argentina, constituye sociedad por acciones, denominada CMAR SpA. Domicilio: Osorno. Objeto: El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o ajena de todas y cada una de las siguientes actividades: Fabricación de muebles principalmente de madera, Fabricación de piezas de carpintería para edificios y construcciones, Otras actividades especializadas de la construcción, Otras actividades de dotación de personal y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital: El capital de la sociedad es de $1.000.000 de pesos, dividido en 10 nominativas y ordinarias, de una sola serie y de igual valor, sin valor nominal. El capital de la sociedad se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio. Demás modificaciones en escritura extractada.- Puerto Varas, 10 de diciembre de 2024.