MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS E INVERSIONES CMPG LIMITADA

RUT 76197608-7 CVE 2583560
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de diciembre de 2024
Repertorio
15222-2024
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario público titular de la 36ª Notaria de Santiago, oficio La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 02 de Diciembre de 2024, Repertorio N°15.222-2024, otorgada ante Notario Suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz; CRISTÓBAL ROBERTO PEREIRA GARRETON, MATÍAS ALFONSO PEREIRA GARRETON, debidamente representado y GERARDO WASHINGTON PEREIRA SEGUEL, todos domiciliados en calle Graham Bell número 202, Comuna de Chiguayante, y de paso en esta, modificaron los estatutos de “ASESORÍAS E INVERSIONES CMPG LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº 76.197.608-7, inscrita a fojas 22, número 18 del Registro de Comercio de Penco del año 2012, en el sentido siguiente: 1) GERARDO WASHINGTON PEREIRA SEGUEL vendió, cedió y transfirió a CRISTÓBAL ROBERTO PEREIRA GARRETON quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 100% del total de los derechos sociales de que es dueño en ASESORÍAS E INVERSIONES CMPG LIMITADA, equivalentes al 90% del total de los derechos sociales de la referida compañía. El precio de la cesión de derechos fue la suma única y total de $9.000.000.-, pagados en el acto, de contado y en dinero en efectivo.- 2) Presentes en el acto los socios de ASESORÍAS E INVERSIONES CMPG LIMITADA, aceptaron expresamente la cesión de derechos sociales y la salida del socio GERARDO WASHINGTON PEREIRA SEGUEL, quedando, en consecuencia, las participaciones en los derechos y capital social distribuidas en la siguiente forma: CRISTÓBAL ROBERTO PEREIRA GARRETON con el 90%, y MATÍAS ALFONSO PEREIRA GARRETON con el 10%.- 3) Modificaron la cláusula sexta de los estatutos, quedando de la siguiente manera: Capital: $10.000.000.- el cual se aportó de la siguiente forma: a) CRISTÓBAL ROBERTO PEREIRA GARRETON aportó la suma equivalente al 90% del total de los derechos sociales, íntegramente pagados e ingresados en arcas sociales con anterioridad; y b) don MATÍAS ALFONSO PEREIRA GARRETON aportó la suma equivalente al 10% del total de los derechos sociales, íntegramente pagados e ingresados en arcas sociales con anterioridad.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 10 de Diciembre 2024.