CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MEDICOS Y GESTION EN SALUD GP LIMITADA

RUT 16367254-5 CVE 2583368
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de octubre de 2024
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de octubre de 2024
Notario
RODRIGO JAVIER DÍAZ SUÁREZ
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
comuna de Santiago
Duración
5 años, renovándose tácita y automáticamente por períodos de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso correspondiente, mediante escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción social y notificarse personalmente a los socios por un Notario Público, con una antelación mínima de 6 meses a la finalización del período en curso

Objeto social

El objeto de la sociedad serán los servicios profesionales en materias de servicios médicos, orientados al diagnóstico y tratamientos de dicho carácter; gestión y asesorías en salud, pudiendo sin limitación alguna, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que directa o indirectamente sirvan a la realización del objeto social o tienda a su consecución y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO JAVIER DÍAZ SUÁREZ, Notario Público Titular Séptima Notaría de Rancagua, Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, Rancagua, certifica: Por escritura pública de 18 de octubre de 2024, Repertorio número 2963-2024, ante mí, JOSE MANUEL GALLARDO DESRIVIERS, chileno, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad número 16.367.254-5, médico cirujano; y CONSTANZA NICOLE PRIETO SOTO, chilena, casada y separada de bienes, cédula nacional de identidad número 16.792.309-7, nutricionista, ambos domiciliados en Las Palmas M 26-1, Parque residencial Golf Los Lirios, comuna de Requínoa, Región de O’Higgins, constituyen sociedad responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Objeto: El objeto de la sociedad serán los servicios profesionales en materias de servicios médicos, orientados al diagnóstico y tratamientos de dicho carácter; gestión y asesorías en salud, pudiendo sin limitación alguna, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que directa o indirectamente sirvan a la realización del objeto social o tienda a su consecución y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Razón Social: Se constituye una sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre será SERVICIOS MEDICOS Y GESTION EN SALUD GP LIMITADA, la que se regirá por los presentes estatutos y en el silencio de ellos, por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. La sociedad podrá actuar ante bancos e instituciones financieras, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y demás instituciones fiscales, semifiscales o de administración autónoma, indistintamente y para todos los efectos legales con el nombre de fantasía GP SALUD LTDA. Administración y uso razón social corresponderá a JOSE MANUEL GALLARDO DESRIVIERS y doña CONSTANZA NICOLE PRIETO SOTO, quienes ejercerán esta administración, de manera indistinta y diferenciada, con las más amplias facultades. Capital: El capital social está compuesto por la cifra de $1.000.000.-. Este aporte es enterado y pagado de la siguiente forma: uno) don JOSE MANUEL GALLARDO DESRIVIERS, aporta y entera a la caja social en este acto, la cantidad de $500.000.-, los cuales representan el 50% del haber social; dos) doña CONSTANZA NICOLE PRIETO SOTO, aporta y entera a la caja social en este acto, la cantidad de $500.000.-, los cuales representan el 50% del haber social. Las utilidades se distribuirán, respecto al socio don JOSE MANUEL GALLARDO DESRIVIERS, en un 80% y doña CONSTANZA NICOLE PRIETO SOTO, en un 20%, hasta que los socios decidan otra forma de distribución de utilidades, concurriendo en idéntica forma a las pérdidas que eventualmente se produjeren. Duración: 5 años, renovándose tácita y automáticamente por períodos de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso correspondiente, mediante escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción social y notificarse personalmente a los socios por un Notario Público, con una antelación mínima de 6 meses a la finalización del período en curso. Domicilio: comuna de Santiago, sin perjuicio agencias, sucursales y oficinas resto del país. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 04 de diciembre de 2024.- Doy fe.