CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Profesionales D&M Limitada

RUT 8715654-0 CVE 2582912
Capital
$12.000 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2024
Notaría
Peñaflor
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2024
Notario
ANA MARÍA DELGADILLO MORALES
Oficio
Primera Notaría de Peñaflor
Comuna
Peñaflor

Sociedad

Capital
$12.000 CLP
Duración
cinco años a contar fecha de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con dos meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del respectivo período

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANA MARÍA DELGADILLO MORALES, Abogada, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Peñaflor, con Oficio en calle Arturo Prat N°75, comuna de Peñaflor, certifica: Que por escritura pública ante mí, de fecha 29 de Noviembre de 2024, ante mí, don Luis Alejandro José Del Valle Aldunate, chileno, casado, ingeniero civil, cédula de identidad N° 8.715.654-0 y Alejandro Ignacio Del Valle Maldonado, chileno, soltero, ingeniero civil, cédula de identidad N° 18.119.986-5, ambos domiciliados en Parcela 15, Condominio Doña Elisa, Avenida Calera de Tango sin número, paradero 23 y medio, comuna Calera de Tango, constituyeron sociedad de profesionales de responsabilidad limitada, artículo 42 N° 2 de la Ley de Impuesto a la Renta. Nombre: "Profesionales D&M Limitada", pudiendo usar para fines bancarios, comerciales y de publicidad el nombre de fantasía “D & M Ltda.”. Objeto de la sociedad profesional será la prestación de servicios o asesorías profesionales, prestados por intermedio de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que ayuden a la prestación del servicio profesional en diferentes áreas y ámbitos como: organizar la demanda habitacional, informar y asesorar a personas naturales de las distintas materias relacionadas con el subsidio habitacional regulado en los distintos programas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y/o a través de los distintos Serviu como tramitar la postulación misma; asesorar en la adquisición de inmuebles destinados a proyectos de construcción, como en la adquisición de viviendas, asesorando la búsqueda, identificación, selección y adquisición de inmuebles, calificación técnica, económica y social de las viviendas y proyectos habitacionales que se postulen; desarrollar, diseñar y ejecutar proyectos de ingeniería y arquitectura, habitacional, técnicos, de loteo, urbanización, sanitarios, eléctricos y todos los necesarios para la obtención de los permisos de edificación y su postulación a los distintos programas de vivienda, prestando servicios de asesoría y asistencia técnica, jurídica y social; diseñar y ejecutar el plan de habilitación social de acuerdo al diagnóstico de las personas integrantes del grupo organizado postulado; contratar las obras, realizar evaluación, selección y adjudicar las obras; realizar y contratar la inspección o fiscalización técnica de las obras. Domicilio sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: cinco años a contar fecha de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con dos meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del respectivo período. Capital: $12.000.000 que socios aportarán y pagarán, ya sea en dinero efectivo o aportando bienes debidamente valorizados o capitalizando utilidades u otras reservas susceptibles de ser capitalizadas, dentro del plazo de 3 años a contar fecha constitución, en proporción de un 50% cada uno de los socios. Responsabilidad socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a uno cualquiera de los socios don Luis Alejandro José Del Valle Aldunate y don Alejandro Ignacio Del Valle Maldonado, y también corresponderá a don Marcelo Fernando Thieck León y don Luis Guillermo Ojeda Renney, actuando en forma conjunta éstos dos últimos y con las limitaciones que se indican en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Peñaflor, 09 Diciembre 2024.