CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Peonía SpA

CVE 2583130
Capital
$900.000 CLP
Fecha instrumento
6 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de diciembre de 2024
Repertorio
37095
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$900.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 6 de diciembre de 2024, repertorio N°37.095, don Wytse Leegwater constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: Peonía SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles o inmuebles, como derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Para ello, podrá formar o constituir sociedades y/o adquirir acciones o derechos de otras sociedades, pudiendo participar en la administración de dichas entidades, o simplemente como inversionista; ii) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, nacionales o extranjeras, de cualquier tipo o naturaleza jurídica, modificarlas, y asumir la administración de las mismas, cualquiera que sea su giro; y, iii) la compra, venta, cesión e inversión, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías. Capital: $900.000, dividido en 900 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito por su único accionista don Wytse Leegwater, que pagará en dinero o especies dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 10 de diciembre de 2024.