Lamas y Ulloa Abogados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 2786
- Notario
- EUGENIA ALEJANDRA GOMEZ BARRIENTOS
- Oficio
- Quinta Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- - Puerto Montt. Los socios declaran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos
- Duración
- La Sociedad tendrá un plazo de duración de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 2 años cada vez, en la forma señalada en la escritura extractada.- VI
Objeto social
El administrador contará con las facultades enunciadas en escritura extractada.- III
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Nain Salvador Lamas Caamaño, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEUGENIA ALEJANDRA GOMEZ BARRIENTOS, Abogada, Notario Público Suplente de la Quinta Notaría de Puerto Montt, con oficio en Pedro Montt N° 180, comuna de Puerto Montt, certifico: Que por escritura pública de fecha 06 de diciembre de 2024, Repertorio N°2786, otorgada ante la Notario titular doña Lebby Barría Gutiérrez: Don Nain Salvador Lamas Caamaño y don José Jaime Ulloa Uribe, ambos domiciliados en Quillota número 175, oficina 1101, comuna y ciudad de Puerto Montt, Región de Los Lagos; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: I. Razón Social. “Lamas y Ulloa Abogados Limitada”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier otro organismo el nombre de fantasía "Lamas y Ulloa Ltda.”.- II. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Nain Salvador Lamas Caamaño, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. El administrador contará con las facultades enunciadas en escritura extractada.- III. Capital. $5.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Nain Salvador Lamas Caamaño, aporta la suma de $4.950.000, equivalentes al 99% del capital y los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados; y, b) José Jaime Ulloa Uribe, aporta la suma de $50.000, equivalentes al restante 1% del capital y los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados.- IV. Objeto. El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de asesoría jurídica y legal de toda clase y la representación judicial y extrajudicial de personas, naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, ante toda clase de instituciones. La sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos tendientes al cumplimiento de su objeto.- V. Duración. La Sociedad tendrá un plazo de duración de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 2 años cada vez, en la forma señalada en la escritura extractada.- VI. Domicilio.- Puerto Montt. Los socios declaran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.Puerto Montt, a 09 de diciembre de 2024.