Instrumento
- Fecha
- 21 de noviembre de 2024
- Notario
- RODRIGO JAVIER DÍAZ SUAREZ
- Oficio
- Séptima Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización de inversiones sobre toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en especial y sin que sea limitativo, la inversión de dinero y)o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, títulos, cuotas o planes de ahorro y)o capitalizaciones, en cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, de personas o de capital, civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, y en general en cualquier clase de títulos o valores mobiliarios o inmobiliarios, efectos públicos o de comercio y demás bienes incorporales muebles o inmuebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y gestionarlos, como asimismo, percibir todos los beneficios, frutos o ganancias que deriven de las referidas inversiones; y, el desarrollo de cualquier otra actividad relacionados con el objeto o que el o los accionistas acuerden; D)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO JAVIER DÍAZ SUAREZ, Notario Público Titular Séptima Notaría de Rancagua, Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, Rancagua, certifica: Por escritura pública de 21 de noviembre de 2024, Repertorio número 3274-2024, ante mí, Que por escritura pública de fecha de hoy ante mí, don Carlos Eugenio Veloso Lopetegui y doña Ángela Mata Sánchez, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: /A/ Nombre: “Inversiones Cordillera SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía para efectos bancarios y comerciales, “Cordillera SpA”; /B/ Accionista: Carlos Eugenio Veloso Lopetegui y Ángela Mata Sánchez; C) Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de inversiones sobre toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en especial y sin que sea limitativo, la inversión de dinero y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, títulos, cuotas o planes de ahorro y/o capitalizaciones, en cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, de personas o de capital, civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, y en general en cualquier clase de títulos o valores mobiliarios o inmobiliarios, efectos públicos o de comercio y demás bienes incorporales muebles o inmuebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y gestionarlos, como asimismo, percibir todos los beneficios, frutos o ganancias que deriven de las referidas inversiones; y, el desarrollo de cualquier otra actividad relacionados con el objeto o que el o los accionistas acuerden; D) Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de $4.000.000, capital que se encuentra dividido en 4.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado de acuerdo a lo indicado en el Artículo Primero Transitorio de la escritura que extracto.- Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 04 de diciembre de 2024. Doy fe.