MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Industria de Acero Manufacturado Limitada

RUT 86752500-9 CVE 2582892
Capital
$3.691.430.147 CLP
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2024
Notario
EUGENIO ALBERTO SAN MARTIN TRUFFY
Domicilio
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.691.430.147 CLP
Duración
La Sociedad durará 10 años a contar de la modificación de 5 de marzo de 1987 plazo que se prorrogará automática y tácitamente por períodos de 10 años cada uno a menos que alguno de los socios manifieste su intención de no perseverar en el contrato expresándolo mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo de la respectiva prórroga

Objeto social

El objeto de esta Sociedad será la industria o actividad metalúrgica en cualquiera de sus formas, ya sea del fierro u otros metales; la elaboración de perfiles, flejes y otros elementos metálicos, plásticos, o de cualquier tipo; para la comercialización de los bienes señalados por cuenta propia o ajena; y la representación o agencia de los mismos bienes

Administración

El uso de la razón social y la administración de la Sociedad la ejercerá el socio Garibaldi S.A. a través de sus representantes especialmente designados al efecto. La designación y revocación de representantes para estos efectos se efectuará mediante escritura pública de la cual se deberá tomar nota al margen de la inscripción social de la Sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EUGENIO ALBERTO SAN MARTIN TRUFFY, abogadoy Notario Público suplente de EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver 225, piso tres, oficina 302, certifico que por escritura pública, ante mí, con fecha 11 de Noviembre de 2024, Repertorio número 5.846-2024,GARIBALDI S.A., sociedad anónima cerrada de giro metalúrgico, rol único tributario número 92.704.000-K y GARIBALDI INTERNACIONAL LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada de giro exportación y comercialización de productos metálicos y plásticos, rol único tributario número 76.557.430-7, ambas domiciliadas en esta ciudad, calle Los Robles 581, Parque Industrial Aeropuerto, comuna de Quilicura, en su calidad de únicos socios de INDUSTRIA DE ACERO MANUFACTURADO LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 86.752.500-9, domiciliada en Avenida Manuel Rodriguez número 2.881, comuna de Chiguayante, inscrita a fojas 502 vuelta número 258 del Registro de Comercio correspondiente al año 1980 del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, acordaron dividir la sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada: Una de ellas, la continuadora legal, que conserva el nombre de “Industria de Acero Manufacturado Limitada”; y una nueva sociedad que se crea en el mismo acto y cuyo nombre será “Indama Inversiones Limitada”. Para proceder a la división se acuerda disminuir el capital de la sociedad de la suma de $4.208.177.670.- a la suma de $3.691.430.147.-, asignándose la diferencia al capital de la nueva sociedad que se crea en el mismo acto, ascendente a la suma de $516.747.523.- Lo anterior, en base al balance de división de misma fecha de “Industria de Acero Manufacturado Limitada”, el cual se protocoliza junto a la escritura pública de división y bajo el mismo número de repertorio. NUEVOS ESTATUTOS DE INDUSTRIA DE ACERO MANUFACTURADO LIMITADA. Garibaldi S.A. y Garibaldi Internacional Limitada aprueban los nuevos estatutos de la continuadora legal, de manera que, a contar de esta fecha serán éstos los únicos estatutos válidos y vigentes de la Sociedad, sin perjuicio de las modificaciones que con posterioridad puedan acordar los socios. En caso de discrepancia entre una determinada modificación anterior, y el texto que se fija a continuación, prevalecerá siempre este último. Razón Social: La razón social es “INDUSTRIA DE ACERO MANUFACTURADO LIMITADA”, pero podrá operar con la última expresión abreviada y tendrá como nombre de fantasía el de “INDAMA LIMITADA” o “INDAMA LTDA.”. Administración y Uso de la Razón Social: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad la ejercerá el socio Garibaldi S.A. a través de sus representantes especialmente designados al efecto. La designación y revocación de representantes para estos efectos se efectuará mediante escritura pública de la cual se deberá tomar nota al margen de la inscripción social de la Sociedad. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $3.691.430.147.- que los socios pagan y se obligan a pagar a la sociedad en la forma y proporciones que se indican a continuación: A) GARIBALDI S.A. aporta a la sociedad la suma de $3.684.047.287.-, correspondientes al 99,8% de los derechos sociales, ya enterados en la caja social. y B) GARIBALDI INTERNACIONAL LIMITADA aporta a la sociedad la suma de $7.382.860.-, correspondientes al 0,2% de los derechos sociales, ya enterados en la caja social. Objeto Social: El objeto de esta Sociedad será la industria o actividad metalúrgica en cualquiera de sus formas, ya sea del fierro u otros metales; la elaboración de perfiles, flejes y otros elementos metálicos, plásticos, o de cualquier tipo; para la comercialización de los bienes señalados por cuenta propia o ajena; y la representación o agencia de los mismos bienes. Vigencia: La Sociedad durará 10 años a contar de la modificación de 5 de marzo de 1987 plazo que se prorrogará automática y tácitamente por períodos de 10 años cada uno a menos que alguno de los socios manifieste su intención de no perseverar en el contrato expresándolo mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo de la respectiva prórroga. Responsabilidad de los Socios: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes. ESTATUTOS DE INDAMA INVERSIONES LIMITADA. Constituyese entre Garibaldi S.A. y Garibaldi Internacional Limitada una sociedad comercial de responsabilidad limitada que, originada en la división de “Industria de Acero Manufacturado Limitada”, se regirá por las disposiciones del presente estatuto, la ley tres mil novecientos dieciocho, las normas del Código de Comercio y las disposiciones del Código Civil. Razón Social: La razón social es “INDAMA INVERSIONES LIMITADA”, pudiendo usar como sigla “INDAMA INVERSIONES LTDA.”, la que obliga a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social completa. Administración y Uso de la Razón Social: El uso de la razón social y la administración de la sociedad la ejercerá el socio Garibaldi S.A. a través de sus representantes especialmente designados al efecto. La designación y revocación de representantes para estos efectos se efectuará mediante escritura pública de la cual se deberá tomar nota al margen de la inscripción social de la Sociedad. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $516.747.523.- que los socios pagan y se obligan a pagar a la sociedad en la forma y proporciones que se indican a continuación: A) GARIBALDI S.A. aporta a la sociedad la suma de $515.714.028.-, correspondientes al 99,8% de los derechos sociales, ya enterados en la caja social. y B) GARIBALDI INTERNACIONAL LIMITADA aporta a la sociedad la suma de $1.033.495.-, correspondientes al 0.2% de los derechos sociales, ya enterados en la caja social. Objeto Social: El objeto de lasociedad será efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, administrar dichas inversiones y percibir sus frutos y, en general, la realización de cualquier otra actividad, actos u operaciones civiles o comerciales que los socios acuerden. Vigencia: La Sociedad durará 10 años a contar del día 11 de noviembre de 2024, plazo que se prorrogará automática y tácitamente por períodos de 10 años cada uno a menos que alguno de los socios manifieste su intención de no perseverar en el contrato expresándolo mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo de la respectiva prórroga. Responsabilidad de los Socios: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes. Otras estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 3 de diciembre de 2024.