Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 18866/2024
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: /a) la elaboración, producción, procesamiento, envasado, almacenamiento, importación, exportación, compra, venta, permuta, distribución y, en general cualquier forma de comercialización, de todo tipo de alimentos y productos alimenticios; /b) la importación, compra, venta, arrendamiento y comercialización, en cualquiera de sus formas, de máquinas, equipos, utensilios y accesorios relacionados con la preparación, procesamiento, envasado, distribución y comercialización de alimentos y otros productos relacionados; c) la fabricación, compra, importación, exportación, distribución y comercialización, en cualquiera de sus formas, de materias primas, insumos, productos químicos, envases y empaques para la industria alimenticia y otras industrias conexas; d) la compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; /e) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar, arrendar, enajenar, ceder y gravar dichas inversiones; /f) la realización de inversiones y participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero; y /g) en general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerde(n) y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores. 3)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2024, bajo el repertorio N° 18.866 / 2024, ante notario reemplazante don Juan Cristian Berrios Castro, doña Camila Silva Rodríguez y doña Pilar García- Huidobro Echeverría constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: 1) NOMBRE: “GOLDEN POPCORN SpA” (en adelante la “Sociedad”). 2) OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: /a/ la elaboración, producción, procesamiento, envasado, almacenamiento, importación, exportación, compra, venta, permuta, distribución y, en general cualquier forma de comercialización, de todo tipo de alimentos y productos alimenticios; /b/ la importación, compra, venta, arrendamiento y comercialización, en cualquiera de sus formas, de máquinas, equipos, utensilios y accesorios relacionados con la preparación, procesamiento, envasado, distribución y comercialización de alimentos y otros productos relacionados; c) la fabricación, compra, importación, exportación, distribución y comercialización, en cualquiera de sus formas, de materias primas, insumos, productos químicos, envases y empaques para la industria alimenticia y otras industrias conexas; d) la compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; /e/ la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, con la facultad de administrar, arrendar, enajenar, ceder y gravar dichas inversiones; /f/ la realización de inversiones y participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero; y /g/ en general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerde(n) y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores. 3) CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente manera: /a/ Camila Silva Rodríguez suscribió y pagó en el acto 500.000 acciones por el valor de $500.000 y /b/ Pilar García-Huidobro Echeverría suscribió y pagó en el acto 500.000 acciones por el valor de $500.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 diciembre de 2024.