CONSULTORA SAMA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2024
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Administración
acordaron modificar estatutos para efectos de establecer la administración y el uso de la razón social corresponderá a don MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA; quien anteponiendo su firma a la razón social representarán a la Compañía con las más amplias facultades en toda clase de actos, contratos, gestiones y negocios, reproduciéndose en todas sus partes, las facultades señaladas en el estatuto social salvo lo modificado, los estatutos de CONSULTORA SAMA LIMITADA continúan plenamente vigentes, en especial las relativas a que los socios siguen limitando su responsabilidad al monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifica que: Por escritura pública de hoy ante mí: (I) MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA C.I 16.455.740-5 (II) VICTOR HUGO QUEZADA VALDEBENITO, C.I. 16.976.972-9; y, (III) VERONICA GABRIELA BUGUEÑO VILLALOBOS, C.I. 19.667.295-8, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Santa Beatriz N°111, oficina 608, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modificaron “CONSULTORA SAMA LIMITADA”, RUT N°77.977.511-9, inscrita a fojas 92319, número 36976, del año 2024 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: 1) Don VICTOR HUGO QUEZADA VALDEBENITO vende, cede y trasfiere a VERONICA GABRIELA BUGUEÑO VILLALOBOS todos los derechos sociales que mantiene en la Compañía, vale decir, el 30% de los derechos sociales en la Sociedad. Valores señalados en la escritura extractada. 2) Como consecuencia de la cesión anterior, socios acuerdan modificar el artículo quinto de estatutos por la siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de dos millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: Uno) Don MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA aporta la cantidad de un millón cuatrocientos mil pesos, equivalentes al setenta por ciento de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de seis meses contado desde fecha escritura constitución. Dos) Doña VERONICA GABRIELA BUGUEÑO VILLALOBOS aporta la cantidad de seiscientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de seis meses contado desde fecha escritura constitución”.- 3) MODIFICACIÓN ADMINISTRACIÓN: acordaron modificar estatutos para efectos de establecer la administración y el uso de la razón social corresponderá a don MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA; quien anteponiendo su firma a la razón social representarán a la Compañía con las más amplias facultades en toda clase de actos, contratos, gestiones y negocios, reproduciéndose en todas sus partes, las facultades señaladas en el estatuto social salvo lo modificado, los estatutos de CONSULTORA SAMA LIMITADA continúan plenamente vigentes, en especial las relativas a que los socios siguen limitando su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de diciembre de 2024.