CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PIPELINE SpA

RUT 17659756-9 CVE 2581929
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de diciembre de 2024
Notaría
La Serena
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de diciembre de 2024
Repertorio
4060-2024
Notario
JESUS OSSES REVECO
Oficio
Segunda Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto social abarca el arriendo de equipos para construcción, incluyendo andamios, maquinarias y herramientas, excavadoras, retroexcavadoras y grúas, con o sin operador; la ejecución de proyectos de consultoría, ingeniería, construcción e inversión en obras civiles e industriales; la compra, venta y administración de bienes inmuebles, con opción de arriendo de propiedades amobladas y sin amoblar. Además, la importación, exportación y comercialización de maquinaria, motores, repuestos y materiales de construcción; ofrece servicios de mantenimiento, reparación, remoción de escombros y movimientos de tierra; y brinda capacitación y asesoría técnica en el manejo de estas maquinarias y equipos. La empresa puede llevar a cabo estas actividades directamente o a través de la adquisición de participaciones en otras empresas con objetivos similares y desarrollar cualquiera otra actividad relacionada con las anteriores que acuerden los

Administración

La administración de la sociedad corresponderá a don NICOLAS FRANCISCO SAEZ ORELLANA, quien la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa en sentido alguno, sino meramente ilustrativa, con las facultades que se indican en artículo décimo tercero de escritura que se extracta. DE LA RESPONSABILIDAD PERSONAL DE LOS

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JESUS OSSES REVECO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena, con oficio en esta ciudad, en calle Cordovez N° 317, CERTIFICO: Que por escritura de fecha de hoy, bajo el repertorio N° 4060-2024, ante mí, NICOLAS FRANCISCO SAEZ ORELLANA, C.N.I N°17.659.756-9, domiciliado en Pasaje Rio Sena número setecientos cuatro, La Serena, constituyó una sociedad por acciones, de la cual se extractan los siguientes antecedentes: NOMBRE: “PIPELINE SpA.”. OBJETO SOCIAL: El objeto social abarca el arriendo de equipos para construcción, incluyendo andamios, maquinarias y herramientas, excavadoras, retroexcavadoras y grúas, con o sin operador; la ejecución de proyectos de consultoría, ingeniería, construcción e inversión en obras civiles e industriales; la compra, venta y administración de bienes inmuebles, con opción de arriendo de propiedades amobladas y sin amoblar. Además, la importación, exportación y comercialización de maquinaria, motores, repuestos y materiales de construcción; ofrece servicios de mantenimiento, reparación, remoción de escombros y movimientos de tierra; y brinda capacitación y asesoría técnica en el manejo de estas maquinarias y equipos. La empresa puede llevar a cabo estas actividades directamente o a través de la adquisición de participaciones en otras empresas con objetivos similares y desarrollar cualquiera otra actividad relacionada con las anteriores que acuerden los socios. CAPITAL: $50.000.000.- dividido en 100.- acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma que a continuación se señala: Uno) Don NICOLAS FRANCISCO SAEZ ORELLANA, entera y paga su aporte, ascendente a la suma de $50.000.000.-, correspondientes a la suscripción de cien acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se pagarán en un plazo de 24 meses, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. Demás antecedentes se encuentra en escritura extractada. DOMICILIO: Ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad corresponderá a don NICOLAS FRANCISCO SAEZ ORELLANA, quien la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa en sentido alguno, sino meramente ilustrativa, con las facultades que se indican en artículo décimo tercero de escritura que se extracta. DE LA RESPONSABILIDAD PERSONAL DE LOS ACCIONISTAS: Los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal en los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 06 de diciembre de 2024.-