MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VIDRIERÍA LAGOS LIMITADA

RUT 76004471-7 CVE 2581412
Fecha instrumento
21 de noviembre de 2024

Instrumento

Fecha
21 de noviembre de 2024
Repertorio
12960-24
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
agrupación de las comunas de Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, piso 1, comuna y ciudad de Temuco, certifica que: Por escritura pública de fecha 21 de noviembre de 2024, repertorio n° 12.960-24, comparecieron ante doña Eliana Andrea Martínez Cárdenas, Notario Suplente de la titular doña Esmirna Vidal Moraga, SEBASTIÁN IGNACIO LAGOS GUTIÉRREZ, arquitecto; don MATÍAS ESTEBAN LAGOS GUTIÉRREZ, empresario, quien actúa por sí y en representación de NICOLÁS ANDRÉS LAGOS GUTIÉRREZ, empresario; y JAVIERA CONSTANZA LAGOS GUTIÉRREZ, ingeniero comercial, quien actúa representada por JORGE ANTONIO LAGOS ALTAMIRANO, ingeniero comercial; todos domiciliados en calle Antonio Varas N°526 de Temuco, y en sus calidades de socios, vienen en modificar la Sociedad “VIDRIERÍA LAGOS LIMITADA”, R.U.T. N°76.004.471-7, inscrita a fojas 1149, N°1042, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2007, en los siguientes términos: SEBASTIÁN IGNACIO LAGOS GUTIÉRREZ vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad a MATÍAS ESTEBAN LAGOS GUTIÉRREZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, ingresado a la Sociedad como nuevo socio. Por otro lado, los socios reemplazan en su totalidad el estatuto quinto por el nuevo tenor: “QUINTO: El capital social es la suma de DOCE MILLONES DE PESOS, obligándose cada uno de los socios a aportar la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS, los cuales serán ingresados dentro del periodo de cinco años, en dinero efectivo a la caja social, o pudiendo cumplir con dicho pago mediante entrega de bienes muebles, capitalización de revalorizaciones de capital propio y utilidades retenidas, en la medida que la caja social así lo requiera. A cada socio le corresponderá una participación social correspondiente a un tercio del total de la Sociedad Vidriería Lagos Limitada.” Continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales, en todo lo no modificado por el presente instrumento. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Temuco, 27 de noviembre de 2024.-