Instrumento
- Repertorio
- 1513-2024
- Notario
- PAULINA VALENZUELA VALDES
- Oficio
- Segunda Notaria de Rengo
- Comuna
- Rengo
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios. Para el cumplimiento del giro, podrán celebrar y ejecutarse toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y)o participación en toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones.; 5)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA VALENZUELA VALDES, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaria de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt número setenta y cinco guión D, primer piso, certifica: Por escritura pública de fecha cinco de diciembre de 2024, Repertorio nº 1513-2024 y ante mí: Eduardo Alfonso Sotomayor Correa, constituye una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1) Accionistas: Eduardo Alfonso Sotomayor Correa. 2) Razón Social: Inversiones San Borja SpA; 3) Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir oficinas, sucursales y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados; 4) Objeto: La Sociedad tiene por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios. Para el cumplimiento del giro, podrán celebrar y ejecutarse toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participación en toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones.; 5) Capital: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rengo cinco de diciembre de 2024.