CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Feran Limitada

CVE 2581838
Fecha instrumento
7 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de noviembre de 2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada y hasta el día treinta y uno de diciembre de dos mil treinta, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) La compraventa, arrendamiento, adquisición, enajenación y explotación, en cualquier forma, a cualquier título, y por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces o muebles, o derechos en ellos, así como su administración y percepción de sus frutos; b) El desarrollo inmobiliario en cualquiera de sus formas, a cualquier título, y por cuenta propia o ajena, pudiendo, especialmente, construir, edificar y)o urbanizar bienes raíces rurales o urbanos, y vender, arrendar o disponer a cualquier título de lo construido y)o edificado en ellos, así como administrarlo y percibir sus frutos; c) Realizar actividades de corretaje de bienes raíces e intermediación inmobiliaria en general, en todos sus ámbitos y sobre toda clase de bienes inmuebles; y d) toda otra actividad lícita afín o relacionada, directa o indirectamente, con las antes señaladas

Administración

La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán individual e indistintamente a don Fernando Roberto Sánchez Montes y a doña Ana María Ugarte Peña, quienes, actuando en la forma indicada y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán y administrarán con las más amplias facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, Piso 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 7 de noviembre de 2024, ante la Notario Suplente de esta Notaría, doña Javiera Paz Erazo Hermosilla, comparecieron don Fernando Roberto Sánchez Montes y doña Ana María Ugarte Peña, ambos domiciliados en Camino El Alba número doce mil doscientos treinta y nueve, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en sus calidades de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES FERAN LIMITADA, inscrita a fojas veintinueve mil setecientos treinta y siete, número veintidós mil trescientos treinta y seis, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil tres, (en adelante la “Sociedad”), quienes decidieron dividirla, escindiéndose de ella una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada “Inmobiliaria Feran Limitada”, que se regirá por los estatutos que se extractan más adelante, quedando de esta forma, y producto de la división, dos sociedades de responsabilidad limitada. En virtud de lo anterior, INVERSIONES FERAN LIMITADA queda como Sociedad continuadora, manteniendo su razón social y las disposiciones de sus actuales estatutos, si bien con su capital disminuido producto de la división, por lo que se procedió a modificar la cláusula quinta de sus estatutos sociales, reemplazándola por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de ciento ochenta y un mil cuatrocientos cuarenta pesos, que los socios aportaron de la siguiente manera: a) don Fernando Roberto Sánchez Montes aportó, con anterioridad a este acto y en dinero efectivo, la cantidad de noventa mil setecientos veinte pesos; y, b) doña Ana María Ugarte Peña aportó, con anterioridad a este acto y en dinero efectivo, la cantidad de noventa mil setecientos veinte pesos.”. Asimismo, decidieron suprimir, de la cláusula cuarta de dichos estatutos, aquel pasaje que señala “…Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma…”, manteniendo vigente todas las demás estipulaciones de tal cláusula. // Estatutos Inmobiliaria Feran Limitada: Producto de la división, nace una sociedad de responsabilidad limitada, siendo sus socios don Fernando Roberto Sánchez Montes y doña Ana María Ugarte Peña, ambos domiciliados en Camino El Alba número doce mil doscientos treinta y nueve, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Razón Social: Inmobiliaria Feran Limitada. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La compraventa, arrendamiento, adquisición, enajenación y explotación, en cualquier forma, a cualquier título, y por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces o muebles, o derechos en ellos, así como su administración y percepción de sus frutos; b) El desarrollo inmobiliario en cualquiera de sus formas, a cualquier título, y por cuenta propia o ajena, pudiendo, especialmente, construir, edificar y/o urbanizar bienes raíces rurales o urbanos, y vender, arrendar o disponer a cualquier título de lo construido y/o edificado en ellos, así como administrarlo y percibir sus frutos; c) Realizar actividades de corretaje de bienes raíces e intermediación inmobiliaria en general, en todos sus ámbitos y sobre toda clase de bienes inmuebles; y d) toda otra actividad lícita afín o relacionada, directa o indirectamente, con las antes señaladas. Capital: El capital social asciende a la suma de un millón ochocientos dieciocho mil quinientos sesenta pesos, el cual se aporta de la siguiente manera: /A/ don Fernando Roberto Sánchez Montes aporta en este acto y en dinero efectivo el monto de novecientos nueve mil doscientos ochenta pesos, y /B/ doña Ana María Ugarte Peña aporta en este acto y en dinero efectivo el monto de novecientos nueve mil doscientos ochenta pesos. Duración: La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada y hasta el día treinta y uno de diciembre de dos mil treinta, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente. Administración: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán individual e indistintamente a don Fernando Roberto Sánchez Montes y a doña Ana María Ugarte Peña, quienes, actuando en la forma indicada y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán y administrarán con las más amplias facultades de administración y disposición. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de diciembre de 2024.