Inmobiliaria e Inversiones Gómez Marín Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 13425-2024
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- Cuadragésimo Octava Notaría
Sociedad
- Capital
- $289.547 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios de toda clase, efecto de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedades para fines de inversión)o renta. b) El desarrollo de proyectos inmobiliarios, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición de inmuebles, división, fusión, modificación, la construcción, y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos, arrendamiento o leasing de bienes raíces; la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. c) Asimismo, podrá desarrollar toda clase de actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentre relacionadas con los objetos señalados y que los socios acuerden. 3
Administración
El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a doña Amelia Gómez Marín, quien actuando individualmente, representará a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social así confiadas, no constituyen una condición esencial de este contrato, conforme lo autoriza el artículo dos mil setenta y uno del Código Civil
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría, con oficio en calle Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, Comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 4 de Noviembre de 2024, Repertorio N°13425-2024, ante mí, doña Amelia Gómez Marín y don Samuel Francisco Moreno Correa, ambos con domicilio para estos efectos en Costanera Sur–Avenida San Josemaría Escrivá de Balaguer número cinco mil quinientos cuarenta y siete, departamento cuatrocientos cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1. Razón Social: La razón social de la sociedad es “Inmobiliaria e Inversiones Gómez Marín Limitada” pudiendo actuar bajo el nombre de fantasía “Inversiones GM ltda”. 2. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios de toda clase, efecto de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedades para fines de inversión/o renta. b) El desarrollo de proyectos inmobiliarios, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición de inmuebles, división, fusión, modificación, la construcción, y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos, arrendamiento o leasing de bienes raíces; la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. c) Asimismo, podrá desarrollar toda clase de actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentre relacionadas con los objetos señalados y que los socios acuerden. 3. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. 4. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $289.547.361 que es aportado por los socios en la siguiente forma y proporciones: (i) Doña Amelia Gómez Marín, aporta la suma de $262.933.094, equivalente al 90,81% de los derechos sociales, cantidad que se pagó en el acto mediante el aporte en dominio del departamento N°404 del Edificio B, de la bodega N° B74, de los estacionamientos números E206 y E207 y el estacionamiento E218, todos del Conjunto Las Llaves de Monseñor, ubicado en Monseñor Escrivá de Balaguer número 9547, hoy Costanera Sur - Avenida San Josemaría Escrivá de Balaguer Número 9547, comuna de Vitacura, Región Metropolitana según certificado de número domiciliario que se protocolizó al final de la escritura extractada. El título a su nombre se inscribió a fojas 60317 N°91906, y a fojas 60317, N° 91907, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, singularización completa del inmueble en escritura extractada. Se deja constancia que los valores indicados corresponden al valor contable o tributario del inmueble aportado, reajustado según la variación del Índice de Precios al Consumidor a esta fecha. Tal aporte se materializa en los términos establecidos en el inciso 10° y 11° del artículo 64 del Código Tributario, que tiene por finalidad organizar los bienes de doña Amelia Gómez Marín en una única sociedad, dotada de un patrimonio jurídicamente distinto al de su aportante con el fin de mejorar o facilitar las condiciones de negocio, así como obtener ventajas competitivas; financiamiento; la eliminación o mitigación de costos o riesgos; aumentar la capacidad productiva o de presencia en el mercado; y optimizar su administración. Dos) don Samuel Francisco Moreno Correa, aporta la suma de $26.614.267, equivalente al 9.19% de los derechos sociales, que paga en este acto mediante el aporte en dominio del vehículo marca Mercedes Benz, modelo GLE 350 D, color gris, año 2016, número de VIN WDCDA2EB0G A697821, número de motor 64282641775908, placa patente HWHZ.89-1. Se deja constancia que el monto del aporte realizado por don Samuel Francisco Moreno Correa, se realizó considerando el valor de la tasación del Servicio de Impuestos Interno para el vehículo, calculado al mes de noviembre de 2024. Los comparecientes dejan constancia que la forma de calcular los valores en que tasan los bienes aportados en dominio con la finalidad de completar el capital social, han sido de mutuo acuerdo y de conformidad a lo dispuesto en cada aporte. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 5. Administración y uso de la razón social: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a doña Amelia Gómez Marín, quien actuando individualmente, representará a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social así confiadas, no constituyen una condición esencial de este contrato, conforme lo autoriza el artículo dos mil setenta y uno del Código Civil. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 27 de noviembre de 2024.