Instrumento
- Fecha
- 21 de noviembre de 2024
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde fecha de constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga
Objeto social
El objeto de la sociedad será la dedicación por cuenta propia o ajena a prestaciones de servicios médicos, consultas, diagnósticos, exámenes, e intervenciones quirúrgicas y cirugías en el área de la medicina, en clínicas privadas, públicas, consultas privadas sean con atenciones en sistemas Fonasa, Isapres u otros medios previsionales, como asimismo atenciones psicopedagógicas, sus enseñanzas, análisis, medicaciones, todo por intermedio de profesionales autorizados y en especial sus socios, sin perjuicio de otra actividad que los socios acuerden dentro de este giro social
Administración
corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de doña NADIA ELEN GARIB MUSA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas Nº 1287, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 21 de Noviembre de 2024, ante mi doña NADIA ELEN GARIB MUSA y don FELIPE ALEJANDRO GARIB GONZÁLEZ, ambos domiciliados para estos efectos en Lucas Araya número 14.307, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: GARIB Y GARIB LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de GARIB & GARIB LTDA. OBJETO: El objeto de la sociedad será la dedicación por cuenta propia o ajena a prestaciones de servicios médicos, consultas, diagnósticos, exámenes, e intervenciones quirúrgicas y cirugías en el área de la medicina, en clínicas privadas, públicas, consultas privadas sean con atenciones en sistemas Fonasa, Isapres u otros medios previsionales, como asimismo atenciones psicopedagógicas, sus enseñanzas, análisis, medicaciones, todo por intermedio de profesionales autorizados y en especial sus socios, sin perjuicio de otra actividad que los socios acuerden dentro de este giro social. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde fecha de constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña NADIA ELEN GARIB MUSA, aporta la suma de $510.000, correspondientes al 51% del capital social, los cuales aportará con dinero en efectivo dentro del plazo de un año contado desde fecha de constitución, y que se reajustará según la variación que experimente la Unidad de Fomento entre la fecha de constitución de la presente sociedad y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; b) Don FELIPE ALEJANDRO GARIB GONZÁLEZ aporta la suma de $490.000, correspondientes al 49% del capital social, los cuales aportará con dinero en efectivo dentro del plazo de un año contado desde fecha de constitución, y que se reajustará según la variación que experimente la Unidad de Fomento entre la fecha de constitución de la presente sociedad y la fecha del aporte efectivo de dicho monto. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de doña NADIA ELEN GARIB MUSA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en pacto social. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 03 de Diciembre de 2024.