BET-NASSAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 87200-2024
- Notario
- CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
- Oficio
- Quincuagésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 26/11/2024, bajo el Repertorio N° 87.200-2024, ante mí, CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI, comerciante, cédula de identidad extranjero número veintiún millones novecientos veintitrés mil seiscientos setenta y cuatro guión tres, con domicilio en calle Libertad número ocho, comuna de Santiago, ALFREDO PEÑA MAMANI, comerciante, cédula de identidad extranjero número veintidós millones ochocientos veinticuatro mil setecientos cuarenta y uno guión tres, domiciliado en calle Libertad diez A, comuna de Santiago, y HECTOR LUCERO CALDERON, comerciante, cedula de identidad extranjero 14.756.276-4, domiciliado en Av Mapocho 2067, comuna de Santiago, suscribieron escritura de MODIFICACIÓN de sociedad BET-NASSAR LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil nueve, otorgada ante el notario de Santiago don Alberto Mozo Aguilar, e inscrita a fojas cincuenta y nueve mil veintiocho número cuarenta y un mil ciento veintiocho, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil nueve, rol único tributario número setenta y seis millones ciento trece mil ochocientos treinta y dos guión cuatro, en el sentido que: a) socio don ALFREDO PEÑA MAMANI, vende, cede y transfiere EL TOTAL DE SUS DERECHOS EN LA SOCIEDAD equivalentes a un treinta y cinco por ciento de los derechos sociales a don HECTOR LUCERO CALDERON , quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de cinco millones de pesos, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad.- Quedando de esta forma como únicos socios don CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI con un sesenta y cinco por ciento de los derechos sociales, y don HECTOR LUCERO CALDERON con un treinta y cinco por ciento de los derechos sociales; b) Se modifica también la cláusula relativa a la administración, representación y uso de la razón social que corresponderá a los socios don CHRISTIAN JANDIR PEÑA MAMANI y a don HECTOR LUCERO CALDERON, INDISTINTAMENTE, quienes con tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. - SEGUNDO: En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social. Santiago, a 05/12/2024.-