MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Mater Limitada

RUT 76209001-5 CVE 2581512
Capital
$460.398 CLP
Fecha instrumento
21 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de noviembre de 2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$460.398 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, certifica que por escritura pública de fecha 21 de noviembre 2024, ante mí, don Álvaro Andrés Merino Morel, domiciliado en calle Los Guindos N°6, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y don Robert Ignacio Oehninger Naranjo y doña Bárbara Dania Oehninger Naranjo, estos últimos domiciliados en calle Av. Presidente Kennedy N°3554, piso 9, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad ASESORÍAS MATER LIMTADA, inscrita a fojas 3.542 N°2.387 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, en los siguientes términos: 1) Cesión de Derechos sociales: doña Bárbara Dania Oehninger Naranjo vende, cede y transfiere a don Álvaro Andrés Merino Morel quien compra, acepta y adquiere para sí el 0,1% de los derechos sociales de los que es titular en la sociedad Asesorías Mater Limitada. En consecuencia, doña Bárbara Dania Oehninger Naranjo se retira como socia de Asesorías Mater Limitada. 2) Modificación de Estatutos: Los actuales y únicos socios de Asesorías Mater Limitada, acuerdan reemplazar el artículo 4° de los estatutos sociales por el siguiente: ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de $460.398.-, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: Uno) Robert Ignacio Oehninger Naranjo, aportó la suma de $459.938.-, equivalentes a un 99,9% del total del interés social; y Dos) Álvaro Andrés Merino Morel, aportó la suma de $460.-, equivalentes a un 0,1% del total del interés social. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de diciembre de 2024.