Sociedad Inmobiliaria e Inversiones San Miguel Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2024
- Notario
- JUAN FACUSE HERESI
- Oficio
- Primera Notaría de Macul
- Comuna
- Macul
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FACUSE HERESI, Notario Público de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de fecha 28 de noviembre de 2024, ante mí, los señores MIGUEL ANTONIO ABUSLEME HERESI, BENJAMIN ANTONIO ABUSLEME CHAURIYE, VICTORIA SOFIA ABUSLEME CHAURIYE, ANTONIA BELEN ABUSLEME CHAURIYE, FERNANDA CATALINA ABUSLEME CHAURIYE ,todos domiciliados para estos efectos en calle Vasconia número mil novecientos setenta y seis, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la compañía SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MIGUEL LIMITADA ,Rut: 78.561.310-4 constituida escritura pública 8 de agosto de 1994 otorgada en Notaria Santiago Kamel Saquel Zaror cuyo extracto se inscribió a Fs. 19.379 N° 15.883 Registro de Comercio de Santiago año 1994, sentido que don Miguel Antonio Abusleme Heresi, vende, cede y transfiere el cincuenta por ciento de su cien por ciento, que recaen sobre las acciones, derechos e intereses de que es dueño en la sociedad y que corresponden al veinte por ciento del capital social, a doña Fernanda Catalina Abusleme Chauriye, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de siete mil ochocientas setenta y dos coma seis unidades de fomento, que la compradora pagará al vendedor forma escritura extractada. Como consecuencia quedan como únicos socios de la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MIGUEL LIMITADA don Miguel Antonio Abusleme Heresi con un 20% de los derechos sociales, don Benjamín Antonio Abusleme Chauriye con un 20% de los derechos sociales; doña Victoria Sofía Abusleme Chauriye con un 20% de los derechos sociales, doña Antonia Belén Abusleme Chauriye con un 20% de los derechos sociales y doña Fernanda Catalina Abusleme Chauriye con un 20% de los derechos sociales. Los socios de la Sociedad continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social constitutivo de la Sociedad, así como sus modificaciones. Otras estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 03 de diciembre de 2024.