Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 3476/2024
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Objeto social
a) La adquisición, enajenación y explotación, compra y venta de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos, agrícolas o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; b) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; c) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; d) Todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; en general, toda actividad que principal y accesoriamente sirva a los fines ya expresados; especialmente con la compra y venta enajenación, adquisición, permuta, arrendamiento de bienes inmuebles, las inversiones sobre bienes inmuebles ya sea propios o ajenos y los demás negocios que se relacionen directa o indirectamente con el giro social y que se acuerde, para lo cual la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos sin limitación ni exclusión alguna. Para la consecución de sus fines la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso formar parte de otras sociedades de cualquier índole y avalar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 03 Diciembre 2024, Repertorio Nº3476/2024, compareció don RODRIGO ALEJANDRO ORTIZ GARRIDO, y expuso que por el presente instrumento viene en constituir una sociedad por acciones.- Nombre: “INMOBILIARIA COSTA CAMARI SpA”.- Nombre de fantasía, “COSTA CAMARI SpA”. Objeto: a) La adquisición, enajenación y explotación, compra y venta de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos, agrícolas o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; b) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; c) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; d) Todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; en general, toda actividad que principal y accesoriamente sirva a los fines ya expresados; especialmente con la compra y venta enajenación, adquisición, permuta, arrendamiento de bienes inmuebles, las inversiones sobre bienes inmuebles ya sea propios o ajenos y los demás negocios que se relacionen directa o indirectamente con el giro social y que se acuerde, para lo cual la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos sin limitación ni exclusión alguna. Para la consecución de sus fines la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso formar parte de otras sociedades de cualquier índole y avalar.- Capital: $30.000.000, dividido en 30.000 acciones nominativas de única serie y sin valor nominal. Capital se entera de la siguiente forma: El accionista don RODRIGO ALEJANDRO ORTIZ GARRIDO aporta la suma de $30.000.000, los que paga, entera y completa en este acto al contado y en dinero en efectivo, aporte que ingresa a la caja social, el que se recibe para la sociedad a entera satisfacción y sin tener reparos que formular. De esta forma queda pagado el capital de la sociedad.- La administración y representación judicial como extrajudicial de la sociedad le corresponderá a don RODRIGO ALEJANDRO ORTIZ GARRIDO en calidad de gerente general de la sociedad, amplias facultades de administración y disposición. Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 4 Diciembre 2024.