ADMINISTRACIÓN E INGENIERÍA OLIVER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2024
- Notario
- VICTOR MARCELO TOLEDO MACHUCA
- Oficio
- 4° Notaria Talcahuano
- Comuna
- Talcahuano
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es Arturo Prat número ciento noventa y nueve, oficina mil quinientos cuatro, Torre A, comuna de Concepción, Región del Bío Bío
- Duración
- La duración de la Sociedad será de diez años contados desde la fecha de su constitución, y se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio de Concepción, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad no se disuelve, continuando con el o los socios sobrevivientes y con quienes lo sucedan o representen sus derechos, los que, para estos efectos, se harán representar por un mandatario común, el que no tendrá injerencia alguna en la administración ni en el uso de la razón social”. Adicionalmente, por el presente instrumento, las socias de ADMINISTRACIÓN E INGENIERÍA OLIVER LIMITADA, acuerdan modificar el artículo séptimo de de los estatutos de la sociedad quedando como sigue: “ARTÍCULO SÉPTIMO DE LA
- Ley aplicable
- Ley 20.659
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a PÍA BELÉN OLIVER BURGOS, ya individualizada, quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades, debiendo anteponer su firma a la razón social, con todas las atribuciones conferidas en el artículo décimo primero del estatuto social, las cuales en todo caso son facultades que se establecen por vía meramente ejemplar y sin que ello importe limitación alguna”. En todo lo no modificado en el presente instrumento, rige plenamente lo estipulado en los estatutos sociales. HUALPEN, 04 de diciembre de 2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVICTOR MARCELO TOLEDO MACHUCA, Notario Público Interino 4° Notaria Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: por escritura pública de fecha 03 de diciembre de 2024, ante mi suplente Gabriela Katherine Oviedo Flores, comparecieron doña PÍA BELÉN OLIVER BURGOS y doña PAMELA ANDREA OLIVER BURGOS, únicas socias de ADMINISTRACIÓN E INGENIERÍA OLIVER LIMITADA, quienes modificaron la sociedad ADMINISTRACIÓN E INGENIERÍA OLIVER LIMITADA, la cual fue constituida el 29 de enero de 2016 a través del Registro de Empresas y Sociedades, al alero de la Ley 20.659 y que con fecha 17 de octubre de 2024 migró del régimen simplificado al régimen general, un extracto de los estatutos fue publicado en el Diario Oficial de fecha 23 de octubre de 2024 y el mismo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio de Concepción, a fojas 1780 número 1161 del año 2024. En virtud de la escritura pública de fecha 03 de diciembre de 2024, se modificó la sociedad en los términos siguientes: A través del presente instrumento, los referidos socios acuerdan modificar el artículo tercero de los estatutos, quedando como sigue: “ARTÍCULO TERCERO DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es Arturo Prat número ciento noventa y nueve, oficina mil quinientos cuatro, Torre A, comuna de Concepción, Región del Bío Bío, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero”. Además, por el presente instrumento, los socios de ADMINISTRACIÓN E INGENIERÍA OLIVER LIMITADA, acuerdan modificar el artículo cuarto de de los estatutos de la sociedad quedando como sigue: “ARTÍCULO CUARTO DURACIÓN: La duración de la Sociedad será de diez años contados desde la fecha de su constitución, y se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio de Concepción, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad no se disuelve, continuando con el o los socios sobrevivientes y con quienes lo sucedan o representen sus derechos, los que, para estos efectos, se harán representar por un mandatario común, el que no tendrá injerencia alguna en la administración ni en el uso de la razón social”. Adicionalmente, por el presente instrumento, las socias de ADMINISTRACIÓN E INGENIERÍA OLIVER LIMITADA, acuerdan modificar el artículo séptimo de de los estatutos de la sociedad quedando como sigue: “ARTÍCULO SÉPTIMO DE LA ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a PÍA BELÉN OLIVER BURGOS, ya individualizada, quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades, debiendo anteponer su firma a la razón social, con todas las atribuciones conferidas en el artículo décimo primero del estatuto social, las cuales en todo caso son facultades que se establecen por vía meramente ejemplar y sin que ello importe limitación alguna”. En todo lo no modificado en el presente instrumento, rige plenamente lo estipulado en los estatutos sociales. HUALPEN, 04 de diciembre de 2024.