MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS OFTALMOLOGICOS INTEGRALES LIMITADA

RUT 76235683-K CVE 2580451
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de diciembre de 2024
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
3 de diciembre de 2024
Repertorio
3382-2024
Notario
RODRIGO JAVIER DIAZ SUAREZ
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO JAVIER DIAZ SUAREZ, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, Rancagua, certifica: Por escritura pública de 3 de diciembre del año 2024, Repertorio N° 3382-2024, ante mí, ORLANDO ENRIQUE GATICA RODRIGUEZ, chileno, casado, médico oftalmólogo, cédula de identidad y rol único tributario N° 5.283.585-2, MARIANA CAROLA BARRAZA HIDALGO, chilena, divorciada, médico oftalmólogo, cédula de identidad y rol único tributario N° 6.055.380-7, LUIS FERNANDO RIVERA AGUILERA, chileno, casado, médico oftalmólogo, cédula de identidad y rol único tributario N° 8.069.877-1 y JORGE ENRIQUE CERDA PUENTES, chileno, casado, médico oftalmólogo, cédula de identidad y rol único tributario N° 7.735.401-8, todos domiciliados en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N° 1330, comuna de Rancagua, repactaron íntegramente la sociedad denominada: “SERVICIOS OFTALMOLOGICOS INTEGRALES LIMITADA”, RUT N° 76.235.683-K, cuyo capital aportado y enteramente pagado, es la suma de $10.000.000.-, la que fue constituida por escritura pública otorgada con fecha 8 de agosto del año 2012, Repertorio N°4781-2012, ante el Notario Público de Rancagua, don Jaime Bernales Valenzuela, cuyo extracto se inscribió a fojas 1062 N° 1142, en el Registro de Comercio de Rancagua del año 2012, y fue publicado en la edición del Diario Oficial N° 40.346, de fecha 25 de agosto del año 2012. La repactación se celebra por haber expirado el plazo de duración de la sociedad. La repactación comprende el mismo estatuto social primitivo y su rol único tributario, manteniendo la administración y uso de la razón social que será ejercida por separado e indistintamente por dos cualesquiera de los socios, con las más amplias facultades. Vigencia indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 03 de diciembre del año 2024. DOY FE.