MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA QUINTO PISO AGUSTINAS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE LIMITADA

RUT 85779000-6 CVE 2580657
Fecha instrumento
20 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de noviembre de 2024
Repertorio
16990
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Reemplazante del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor LUÍS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Por Escritura Pública de fecha 20/11/2024, Repertorio18186/2024, ante notario titular, doña MARÍA PÍA SILVA GALLINATO; FELIPE IGNACIO SILVA ZALDÍVAR, por sí y en conjunto con MARÍA ISABEL DEL PILAR ZALDÍVAR MACKENNA, ambos por si y en representación de la Sucesión indivisa de don Eugenio Silva Bezanilla o Jose Eugenio de la Cruz Silva Bezanilla, integrada por su cónyuge compareciente Maria Isabel del Pilar Zaldívar Mackenna, y por sus hijos María Macarena, María Jose, Jose Eugenio Teodoro, Nicolás Ambrosio, Carlos Alberto, María del Pilar de las Rosas y Felipe Ignacio, todos de apellidos Silva Zaldívar; Pablo Urquiza Muñoz, en representación de los adjudicatarios de los derechos sociales en la partición de la sucesión de don Juan Alberto Muñoz Barahona, esto es, doña María Verónica, Francisco Javier, Isabel Margarita Ernestina y Paulina María, todos de apellidos Muñoz Lathrop; RAFAEL LIRA SALINAS, por sí y en representación de “R. Lira y Compañía Limitada”; ALEJANDRO SAMUEL JOSÉ LIRA SALINAS, por sí y en conjunto con Rafael Lira Salinas, en representación de “Lira y Compañía Limitada”; JUAN CRISTÓBAL LIRA SALINAS; JOSÉ MIGUEL LIRA SALINAS; LUIS SEBASTIÁN LIRA SALINAS; ALEJANDRO CARLOS LIRA SALINAS; MARÍA ESTER LIRA AGUIRRE, ADOLFO HERNÁN LIRA AGUIRRE; MARÍA VICTORIA LIRA AGUIRRE, adjudicatarios de los derechos que correspondían a don GUSTAVO ADOLFO LIRA OVALLE; JOSÉ MANUEL LIRA OVALLE; y SERGIO ILLANES LASO, en representación de “Consultorías Legales Diez e Illanes y Compañía Limitada, y en representación también de “Servicios Legales Illanes y Asociados Limitada”, todos domiciliados en Agustinas 1357, piso 5°, Santiago, modificaron los estatutos de “INMOBILIARIA QUINTO PISO AGUSTINAS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE LIMITADA”, rut Nº 85.779.000-6, en delante indistintamente como la “Sociedad”, extracto constitución inscrito a fojas 8.374 número 3.388 del Registro de Comercio de Santiago el año 1.969, y publicado en el Diario Oficial el 2 de octubre de 1969. PRIMERO: El día 02 de junio de 2023 fallece don Gustavo Adolfo Lira Ovalle cuya posesión efectiva de la herencia intestada se otorgó por Resolución Exenta del Director Regional Metropolitano de Santiago N°124.535 de fecha 20 de Noviembre de 2023, a sus hijos legítimos doña Maria Ester, Adolfo Hernán y María Victoria todos de apellidos Lira Aguirre, resolución que se inscribió a fojas 16.791, número 23.609 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2024. En el inventario de la herencia figuran once enteros treinta y un mil doscientos diez milésimos por ciento de los derechos de Inmobiliaria Quinto Piso Agustinas Mil Trescientos Cincuenta y Siete Limitada. Por escritura pública otorgada en esta Notaria el día 05 de noviembre de 2024, repertorio 16.990 se practicó la liquidación de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Gustavo Adolfo Lira Ovalle, habiéndose adjudicado, cada uno de los comparecientes de apellidos Lira Aguirre, tres enteros siete mil setecientas siete diez milésimas por ciento de los derechos que el causante tenía en la Sociedad. SEGUNDO. De tal modo, los actuales socios de la Sociedad con los respectivos porcentajes que a cada uno corresponde en el capital y en el patrimonio social de la Sociedad son; María Pía Silva Gallinato, ocho enteros doscientos treinta diezmilésimas por ciento; la Sucesión indivisa de don Eugenio Silva Bezanilla, integrada por su cónyuge Maria Isabel del Pilar Zaldívar Mackenna y Maria Isabel, María Macarena, María Jose, Jose Eugenio Teodoro, Nicolás Ambrosio, Carlos Alberto, María del Pilar de las Rosas y Felipe Ignacio, todos de apellidos Silva Zaldívar, en conjunto, con quince enteros mil ochenta y seis diezmilésimas por ciento; cada uno de los señores Alejandro Samuel José; Rafael; Juan Cristóbal; José Miguel; Luis Sebastián; Alejandro Carlos, todos los anteriores de apellidos Lira Salinas, un entero cuarenta y siete mil ochocientas setenta y cinco cienmilésimas por ciento; Lira y Compañía Limitada, con cinco enteros tres mil seiscientas cuarenta y cuatro diezmilésimas por ciento; Servicios Legales Illanes y Asociados Limitada, con once enteros dos mil ochenta y cinco diezmilésimas por ciento; Consultorías Legales Diez e Illanes y Compañía Limitada, con ocho enteros siete mil doscientas una diezmilésimas por ciento; María Verónica, Francisco Javier, Isabel Margarita Ernestina y Paulina María, todos de apellidos Muñoz Lathrop, adjudicatarios en la partición de la herencia quedada al fallecimiento de don Juan Alberto Muñoz Barahona, en conjunto, con nueve enteros dos mil novecientas sesenta y tres diezmilésimas por ciento; María Ester Lira Aguirre, Adolfo Hernán Lira Aguirre; María Victoria Lira Aguirre con tres enteros siete mil setecientas siete diez milésimas por ciento cada uno de ellos; R. Lira y Compañía Limitada, con nueve enteros dos mil novecientas cincuenta y cuatro diezmilésimas por ciento; Felipe Silva Zaldívar, con seis enteros siete mil seiscientas diezmilésimas por ciento; y, don José Manuel Lira Ovalle, con seis enteros tres mil doscientas diezmilésimas por ciento. TERCERO: En lo no modificado los socios acuerdan mantener vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.